viernes, 14 de marzo de 2014

SERÍA MANDATO DE LEY, PROGRAMA DE EDUCACIÓN INICIAL EN CENTROS DE ATENCIÓN INFANTIL


  • El diputado Juan Ángel Flores Bustamante propone adicionar un artículo 37 Bis a la Ley de Guarderías y Establecimientos Infantiles del Estado de Morelos.



Plantean establecer como mandato de ley que los centros de atención infantil en el estado cuenten con un manual de estimulación temprana para los niños y niñas que se encuentran en la categoría 1 y 2 (lactantes y maternal), con el propósito de lograr un buen desarrollo humano de los infantes.


El diputado Juan Ángel Flores Bustamante presentó la iniciativa de reforma que adiciona un artículo 37 Bis a la Ley de Guarderías y Establecimientos Infantiles del Estado de Morelos, con la finalidad de fortalecer lo dispuesto en el artículo 37, donde establece la denominación de los grupos de los centros infantiles de acuerdo a la edad de los menores, y que cuenten con un programa de educación inicial que permita estimular capacidades compensadoras para ayudarlos en su crecimiento y desarrollo psicomotriz.

El artículo 37 Bis establecería:

“Los Centros de Atención deberán elaborar un Manual de Ejercicios de Estimulación Temprana de conformidad con las disposiciones de acuerdo a los estándares nacional e internacional.
Los Centros de Atención deberán impulsar y operar el programa de estimulación temprana a los niños y niñas que se encuentren en la categoría 1 y 2 del articulado anterior con el propósito de estimular capacidades compensadoras y ayudarlos en su crecimiento y desarrollo psicomotriz.
Los padres o tutores deberán conocer el Manuel de Estimulación Temprana para efecto de que lo apliquen durante su estancia en el hogar a sus hijos”.

La iniciativa, que fue enviada a la Comisión de Desarrollo Social para su análisis y dictamen, destaca que dicha Ley garantiza el derecho a los niños y niñas de recibir los servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil en condiciones de calidad, calidez, seguridad, protección y respeto a sus derechos, identidad e individualidad con el fin de garantizar el interés superior de la niñez.

De acuerdo a la UNICEF –indica- es importante que los países presten mayor atención a la educación inicial, porque son los cimientos básicos para que los infantes tengan un crecimiento armónico, en el que se logre conjuntar el estado emocional y psíquico aunado con una nutrición balanceada y adecuada que le permita tener al menor un desarrollo y crecimiento promisorio.

Por ello es importante que el ser humano cuente con una educación inicial acorde a las disponibilidades que establecen los organismos internacionales encargados en la materia, ya que diferentes investigaciones han demostrado que a los tres años de edad el 90% del cerebro se ha desarrollado, durante este período las niñas y los niños aprenden más rápido, especialmente cuando reciben amor, afecto, atención y alimentación. Además, el cerebro del niño se desenvuelve más rápidamente de lo que nos imaginamos antes de un año.

La propuesta legislativa señala que los beneficios de la educación inicial son base para un buen desarrollo humano, tomando en cuenta que potencia el desarrollo integral de los niños y niñas, favorece la asistencia y permanencia escolar, mejora el desempeño escolar y a largo plazo se traduce en cuidados con mejores trabajos, mayores ingresos, más salud y mejor calidad de vida, además de mayor productividad laboral.

Del mismo modo, otorgar a los infantes la educación inicial en los centros infantiles favorecerá a la disminución en gastos sociales destinados a asistir problemas de adolescentes y adultos ligados a trastorno de salud y a conductas antisociales, como es el caso de violencia, abuso y uso de sustancias toxicas. 

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