miércoles, 11 de diciembre de 2013

PLANTEAN LEY QUE CREA EL CENTRO ESTATAL DE TRASPLANTES DE ÓRGANOS, TEJIDOS Y CÉLULAS DE SERES HUMANOS

El diputado José Manuel Agüero Tovar indicó que se debe reglamentar el derecho a la protección de la salud.

El diputado José Manuel Agüero Tovar presentó el proyecto de Ley que Crea el Centro Estatal de Trasplantes de Órganos, Tejidos y Células de Seres Humanos para el estado de Morelos, con el objetivo de reglamentar el derecho a la protección de la salud, contenido tanto en la Constitución federal, como en la facultad concurrente que establece la Ley General de Salud.


Durante la sesión realizada el día de hoy, señaló que los avances médicos y tecnológicos en los trasplantes de órganos permiten dar una nueva oportunidad de vida o en su caso mejorar su calidad, y que además de los requerimientos técnicos y médicos, es imprescindible tener una cultura de donación de órganos, tejidos y células de seres humanos, así como el marco legal como herramienta fundamental en la actuación del gobierno estatal.

Detalló que “los órganos vitales que pueden ser donados y trasplantados por equipos altamente especializados son el corazón, pulmones, hígado, páncreas y riñones, además de tejidos, que si bien no son vitales, sí mejoran sustancialmente la calidad de vida del enfermo, como son las córneas, piel y hueso”.

Agregó que la iniciativa planteada está integrada por 61 artículos, distribuidos en 13 capítulos, y que dentro de sus lineamientos se reconocen dos tipos de donación, siendo éstas la que se realiza entre vivos y la que se obtiene de una persona de la que se compruebe, previamente, la pérdida de la vida; cada una en su caso, deberá contar con el respectivo consentimiento, conforme a la presente Ley.

Ante sus homólogos, Agüero Tovar indicó que el Registro Nacional de Trasplantes tiene como propósito conocer el número de pacientes que requieren recibir un trasplante, qué tipo de enfermedades se resuelven mediante esta terapéutica, cuáles se presentan con mayor frecuencia y en qué instituciones y entidades federativas se tiene mayor demanda.

Abundó que la antigüedad o tiempo de espera de un paciente en la base de datos, es uno de los criterios que se utilizan para la asignación de órganos y tejidos, se toman en cuenta criterios de orden médico que se refieren a la urgencia ante la inminente pérdida de vida, a la oportunidad del trasplante, los beneficios esperados, la compatibilidad entre el órgano donado y el receptor, entre otros.

Señaló que “en México se realizan trasplantes de córnea, médula ósea -progenitores de la sangre-, hueso, válvulas cardiacas, riñón, hígado, corazón y pulmón y que existen más de 400 hospitales distribuidos en todo el sector salud -sociales, públicos y privados-, que llevan a cabo diferentes tipos de trasplante”.

El también diputado por el VII Distrito en Jiutepec Sur, enfatizó que la mayoría de los hospitales que realizan dichos procedimientos se encuentran en las capitales de las entidades federativas y en las ciudades más grandes del país, y que en México se distingue la capacidad técnica de sus cirujanos y los programas de trasplante que son realizados con gran calidad, con alrededor de 40 mil trasplantes desde 1963. 

Al hacer uso de la palabra, dijo que el órgano que más se requiere para trasplante es el riñón, seguido de córnea, mientras que el número de pacientes que necesitan trasplantes de hígado, corazón y pulmón es mucho menor; asimismo, en el caso del riñón y córnea el tiempo promedio de espera es entre 24 y 30 meses, y en el caso de hígado y corazón los tiempos de espera pueden ser mucho más largos. 

Por otra parte, indicó que la donación de órganos en México es un tema que está en proceso de aceptación cultural y que en el proceso de donar existen varios aspectos médicos, sociales, psicológicos, tanatológicos, legales y otros más que se unen estas disciplinas con el objetivo de salvar una vida.

Al detallar el contenido de su iniciativa, señaló que dentro del Capítulo I se menciona lo referente al cumplimiento de los ordenamientos legales de carácter federal, en lo que respecta a la donación y trasplante de órganos, tejidos y células de seres humanos; el glosario de términos, con el fin de conocer el significado de los conceptos que se utilizan en la Ley.

En tanto, dentro del Capítulo II que habla del Centro Estatal de Trasplantes, hace referencia a la creación del organismo descentralizado de la Administración Pública Estatal, el objeto del CETRAM, la promoción de una cultura de donación de órganos, tejidos y células de seres humanos y la capacitación de recursos humanos en la materia.

Asimismo, que el Capítulo IX se refiere a la disposición de órganos, tejidos y células de seres humanos y cadáveres humanos, indicando la disposición de órganos, tejidos y células, teniendo como principios el altruismo, la ausencia de ánimo de lucro, la confidencialidad y la prohibición del comercio de órganos y destacando que serán para fines terapéuticos y a título gratuito.

José Manuel Agüero Tovar recalcó en tribuna que “el trasplante de órganos, tejidos y células, se presenta como una oportunidad invaluable para aquellos pacientes con padecimientos crónicos degenerativos cuya consecuencia es la insuficiencia de algún órgano, por lo que es vital legislar al respecto”.

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