El diputado José Manuel Agüero Tovar indicó que se debe reglamentar el derecho
a la protección de la salud.
El
diputado José Manuel Agüero Tovar presentó el proyecto de Ley que Crea el
Centro Estatal de Trasplantes de Órganos, Tejidos y Células de Seres Humanos
para el estado de Morelos, con el objetivo de reglamentar el derecho a la
protección de la salud, contenido tanto en la Constitución federal, como en la
facultad concurrente que establece la Ley General de Salud.
Durante
la sesión realizada el día de hoy, señaló que los avances médicos y
tecnológicos en los trasplantes de órganos permiten dar una nueva oportunidad
de vida o en su caso mejorar su calidad, y que además de los requerimientos
técnicos y médicos, es imprescindible tener una cultura de donación de órganos,
tejidos y células de seres humanos, así como el marco legal como herramienta fundamental
en la actuación del gobierno estatal.
Detalló
que “los órganos vitales que pueden ser donados y trasplantados por equipos
altamente especializados son el corazón, pulmones, hígado, páncreas y riñones,
además de tejidos, que si bien no son vitales, sí mejoran sustancialmente la
calidad de vida del enfermo, como son las córneas, piel y hueso”.
Agregó
que la iniciativa planteada está integrada por 61 artículos, distribuidos en 13
capítulos, y que dentro de sus lineamientos se reconocen dos tipos de donación,
siendo éstas la que se realiza entre vivos y la que se obtiene de una persona
de la que se compruebe, previamente, la pérdida de la vida; cada una en su caso,
deberá contar con el respectivo consentimiento, conforme a la presente Ley.
Ante sus
homólogos, Agüero Tovar indicó que el Registro Nacional de Trasplantes tiene
como propósito conocer el número de pacientes que requieren recibir un
trasplante, qué tipo de enfermedades se resuelven mediante esta terapéutica,
cuáles se presentan con mayor frecuencia y en qué instituciones y entidades
federativas se tiene mayor demanda.
Abundó
que la antigüedad o tiempo de espera de un paciente en la base de datos, es uno
de los criterios que se utilizan para la asignación de órganos y tejidos, se
toman en cuenta criterios de orden médico que se refieren a la urgencia ante la
inminente pérdida de vida, a la oportunidad del trasplante, los beneficios
esperados, la compatibilidad entre el órgano donado y el receptor, entre otros.
Señaló que
“en México se realizan trasplantes de córnea, médula ósea -progenitores de la
sangre-, hueso, válvulas cardiacas, riñón, hígado, corazón y pulmón y que existen
más de 400 hospitales distribuidos en todo el sector salud -sociales, públicos
y privados-, que llevan a cabo diferentes tipos de trasplante”.
El
también diputado por el VII Distrito en Jiutepec Sur, enfatizó que la mayoría
de los hospitales que realizan dichos procedimientos se encuentran en las
capitales de las entidades federativas y en las ciudades más grandes del país,
y que en México se distingue la capacidad técnica de sus cirujanos y los
programas de trasplante que son realizados con gran calidad, con alrededor de
40 mil trasplantes desde 1963.
Al hacer
uso de la palabra, dijo que el órgano que más se requiere para trasplante es el
riñón, seguido de córnea, mientras que el número de pacientes que necesitan
trasplantes de hígado, corazón y pulmón es mucho menor; asimismo, en el caso
del riñón y córnea el tiempo promedio de espera es entre 24 y 30 meses, y en el
caso de hígado y corazón los tiempos de espera pueden ser mucho más
largos.
Por otra
parte, indicó que la donación de órganos en México es un tema que está en
proceso de aceptación cultural y que en el proceso de donar existen varios
aspectos médicos, sociales, psicológicos, tanatológicos, legales y otros más
que se unen estas disciplinas con el objetivo de salvar una vida.
Al
detallar el contenido de su iniciativa, señaló que dentro del Capítulo I se
menciona lo referente al cumplimiento de los ordenamientos legales de carácter
federal, en lo que respecta a la donación y trasplante de órganos, tejidos y
células de seres humanos; el glosario de términos, con el fin de conocer el
significado de los conceptos que se utilizan en la Ley.
En tanto,
dentro del Capítulo II que habla del Centro Estatal de Trasplantes, hace
referencia a la creación del organismo descentralizado de la Administración
Pública Estatal, el objeto del CETRAM, la promoción de una cultura de donación
de órganos, tejidos y células de seres humanos y la capacitación de recursos
humanos en la materia.
Asimismo,
que el Capítulo IX se refiere a la disposición de órganos, tejidos y células de
seres humanos y cadáveres humanos, indicando la disposición de órganos, tejidos
y células, teniendo como principios el altruismo, la ausencia de ánimo de
lucro, la confidencialidad y la prohibición del comercio de órganos y
destacando que serán para fines terapéuticos y a título gratuito.
José
Manuel Agüero Tovar recalcó en tribuna que “el trasplante de órganos, tejidos y
células, se presenta como una oportunidad invaluable para aquellos pacientes
con padecimientos crónicos degenerativos cuya consecuencia es la insuficiencia
de algún órgano, por lo que es vital legislar al respecto”.
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