lunes, 17 de diciembre de 2012

APRUEBA LEGISLATURA LEY ESTATAL DE APOYO A JEFAS DE FAMILIA




El objetivo de la Ley Estatal de Apoyo a Jefas de Familia aprobada por el Congreso, es el de dotar al Estado de las herramientas que le permitan otorgar apoyo y asistencia a las jefas de familia mediante la implementación de políticas públicas y programas que les garanticen beneficios que sean necesarios para mejorar su calidad de vida y la de sus beneficiarios.

De acuerdo a la legislación y para sus efectos se entenderá por Jefas de Familia a la mujer que independientemente de su estado civil tenga bajo su responsabilidad la manutención de sus hijos menores de edad, o que siendo mayores sean incapaces o continúen estudiando gasta los 25 años, sin ningún otro apoyo económico, y también aquellas mujeres que tengan la misma responsabilidad con descendientes aún y cuando no sean sus hijos, o personas cuya condición física o mental le impidan realizar alguna actividad económica.

Este ordenamiento aprobado por unanimidad en la sesión de este sábado establece las acciones y políticas públicas que cada una de las dependencias del gobierno estatal deberán realizar a fin de alcanzar este objetivo. Los beneficios que ofrece esta Ley son:

I.               Acceder a los diversos programas del  Gobierno estatal
II.             Gozar de atención médica y psicológica gratuita en caso de no contar con el servicio de seguridad social de alguna institución.
III.           Recibir educación básica de conformidad con los programas que para tal efecto establezca la autoridad competente
IV.           Tener acceso a becas educativas que permitan iniciar o continuar estudios
V.             Ocupar espacios laborales en le rector público, recibir capacitación para el autoempleo y orientación para conciliar actividades laborales y la vida familiar
VI.           Ser sujetas a programas de asistencia social y recibir el apoyo económico establecido en el Presupuesto de Egresos
VII.         Recibir asesoría técnica y financiamiento para llevar a cabo los proyectos productivos que propongan
VIII.       Recibir orientación, asesoría jurídica y asistencia necesaria para gestionar los apoyos y servicios derivados de los programas públicos
IX.           Obtener para sus beneficiarios acceso de manera preferencial a los apoyos y servicios de atención médica y psicológica, recibir educación básica, servicio de guarderías y el acceso a becas educativas
X.             Acceder a incentivos fiscales

En la ejecución de estas acciones estarán involucradas diferentes dependencias y secretarías del Gobierno estatal y corresponderá a la Secretaría de Desarrollo Social la coordinación y diseño de los programas de apoyo en beneficio de las jefas de familia.

 En este sentido participarán también la Secretaría de Salud, los Servicios de Salud, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, y las secretarías de Educación y Economía así como los institutos de Educación para Adultos, el de capacitación para el Trabajo, y el Instituto de la Mujer.

Para acceder a los beneficios, aquellas mujeres que sean favorecidas deberán comprobar que no tienen el apoyo de instituciones privadas y una residencia de al menos cinco años comprobables en el estado de Morelos.

 La Ley de Apoyo a Jefas de Familia que fue promovida por el diputado Juan Ángel Flores Bustamante consta de 26 artículos contenidos en cuatro Capítulos, y  entrará en vigor a día siguiente de su publicación, el dictamen establece que en los noventa días hábiles siguientes a partir de su publicación deberá expedirse el Reglamento correspondiente. 

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