- Se busca propiciar el sano desarrollo de la ganadería y proteger la salud humana con esta modificación derivada de una iniciativa de la diputada Rosalina Mazari Espín.
Al
adicionar un artículo 143 Bis a la Ley de Fomento y Protección Pecuaria del
Estado de Morelos, se prevé que cualquier animal enfermo o sujeto a tratamiento
con medicamentos, siga las medidas zoosanitarias requeridas, y esté separado de
los demás animales, tal y como lo contempla la NOM-194-SSA1-2004, hasta que
nuevamente cuente con el Certificado Zoosanitario en el que se constate el
cumplimiento de la normatividad respectiva, con el objeto de prevenir la
dispersión de enfermedades y así controlar el estado de salud de los animales.