miércoles, 29 de octubre de 2014

ELEVAN MULTAS POR FUMAR A OPERADORES EN VEHÍCULOS DE TRANSPORTE PÚBLICO

  • Reforman diputados la Ley de Protección contra la Exposición Frente al Humo del Tabaco del Estado de Morelos.
Aprueba Congreso elevar a entre 15 y 150 días de salario mínimo general vigente en el estado de Morelos, las multas a operadores de vehículos de transporte público de pasajeros, escolar, personal, oficial y empresarial, cuando incumplan con la obligación de no fumar en una unidad destinada a ese servicio, al reformar la Ley de Protección contra la Exposición Frente al Humo del Tabaco del Estado de Morelos.

La decisión de los legisladores tomó en cuenta, entre otras cosas, que no obstante que la fracción XI del artículo 11 de la Ley en comento, establece la prohibición de fumar en los vehículos de transporte público de pasajeros, podemos observar que muchas veces dicha disposición jurídica no se cumple, ya que en ocasiones son los mismos operadores del servicio público de transporte los primeros en violentar dicha disposición, y fuman mientras conducen, lo que sin duda alguna representa una distracción para el operario y, por tanto, pone en riesgo la vida de los pasajeros, además de la afectación en su salud.
Por ello decidieron reformar el artículo 30 de la Ley, referente a las multas, para establecer que: “Tratándose de las fracciones XI y XII del artículo 11 de la presente Ley, la sanción administrativa a que se refiere el párrafo anterior se incrementará, hasta en una mitad, cuando el infractor sea el operador o conductor de la unidad de transporte de pasajeros, de escolares o de personal oficial y empresarial”. La sanción prevista es de diez hasta cien días de salario mínimo y con el incremento pasa a ser de 15 a 150 días de salario mínimo.
Se destaca que la reforma es importante para que la regulación sea completa, ya que solo así se asegurará la eficacia de la norma, porque cuando las sanciones son mínimas, muchas veces no se logra la finalidad de inhibir determinada conducta.
Por las modificaciones aprobadas se establecer además en la Ley, la atribución del Organismo Descentralizado denominado Servicios de Salud de Morelos para promover la inclusión de contenidos acerca del tabaquismo en los programas y materiales educativos, que garanticen campañas permanentes de información, concientización y difusión para prevenir el uso y consumo de tabaco; la reforma reforzará esta atribución, que será complementaria porque se pretende incorporar foros que se sumarán a tales campañas, sólo que –particularmente- se dirigirán a los centros educativos.

El dictamen emanado de la Comisión de Salud, que preside la diputada Rosalina Mazari Espín, integró tres iniciativas, una de la propia Rosalina Mazari, otra del diputado Joaquín Carpintero Salazar y una más del diputado Javier Bolaños Aguilar, y fue aprobado con 24 votos a favor del mismo número de legisladores presentes.

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