El
objetivo de esta nueva Ley de Víctimas para el estado es reconocer y garantizar
los derechos de las víctimas de uno o más delitos y de violaciones a los
derechos humanos, en ella se precisan también definiciones y las atribuciones
de las autoridades, armonizando la legislación con la federal en la materia.
La
iniciativa define como víctimas a aquellas personas que directamente hayan
sufrido algún daño o menoscabo económico, físico, mental, emocional, o en
general cualquiera que ponga en peligro o lesión sus bienes jurídicos o
derechos, esto como consecuencia de la comisión de uno o más delitos o
violaciones a sus derechos humanos.
Al
hacer uso de la tribuna para presentar esta iniciativa, el diputado Matías
Nazario Morales, presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del
Congreso, señaló que este ordenamiento obliga a las autoridades del estado y/o
instituciones públicas o privadas a proporcionar ayuda, asistencia o reparación
integral que contempla las medidas de restitución, rehabilitación,
compensación, satisfacción y garantías de no repetición.
Queda
de manifiesto que la gravedad del daño sufrido por las víctimas determinará la
prioridad en su asistencia, así como en la prestación de servicios y en la
implementación de las acciones necesarias para resarcir el perjuicio. Las
víctimas tendrán derecho a la restitución, de ser posible, en sus derechos
conculcados, así como en sus bienes y propiedades.
La
propuesta presentada durante la sesión de este jueves contempla la creación del
Sistema Estatal de Atención a Víctimas, el Fondo de Ayuda, Asistencia y
Reparación Integral, así como una
Comisión Ejecutiva denominada Asesoría Jurídica Estatal de Atención a Víctimas.
El
Sistema Estatal de Atención a Víctimas
tendría como objeto establecer, regular y supervisar las directrices,
planes, programas, proyectos y acciones, para la protección, ayuda, atención,
acceso a la justicia y la reparación integral a los quejosos. Asimismo este
Sistema tendría bajo su mandato a una Comisión Ejecutiva con representación
directa de víctimas y de organizaciones de la sociedad civil, y el control del Registro Estatal de Víctimas como un mecanismo
administrativo y técnico que soporte el ingreso y registro de las víctimas a
través de las denuncias y quejas de los propios afectados o de un tercero que
tenga conocimiento de los hechos.
Por
otra parte, el Fondo de Ayuda que se propone crear estaría conformado con
recursos previstos expresamente para dicho fin en el Presupuesto de Egresos de
cada año en un rubro correspondiente, sin que pueda disponerse de ellos para un
fin diverso; así como de recursos obtenidos por la enajenación de bienes decomisados
en procesos penales, provenientes de multas o sanciones pecuniarias impuestas
por la autoridad cuando se violen deberes reconocidos en esta ley; donaciones o
aportaciones hechas por terceros, sean gobiernos, organizaciones
internacionales, particulares o sociedades, siempre que se hayan garantizado
los mecanismos de control y transparencia necesarios, entre otros.
Finalmente,
Nazario Morales reconoció las propuestas sobre el mismo tema que otros de sus
compañeros legisladores han presentado, y resaltó que la Ley que la Legislatura
apruebe seguramente reflejará las mejores soluciones; “atendamos nuestra
responsabilidad y pugnemos por una ley perfectible que opere a la brevedad a
favor de la justicia que se debe a las víctimas”, concluyó.