jueves, 30 de octubre de 2014

ES DISCRIMINACIÓN DELITO EN EL CÓDIGO PENAL, IMPULSADA POR LA DIPUTADA MARÍN MÉNDEZ

  • La impulsora a las adecuaciones al Código Penal,  Amelia Marín Méndez, presentó en el 2012 la primera aportación en la materia y ha trabajado en el tema hasta la fecha.


Como promotora contra la discriminación, la legisladora Amelia Marín Méndez, presentó ante el pleno del Congreso la Iniciativa  que prohíbe la discriminación en cualquiera de sus formas, misma que fue presentada el 17 de octubre de 2012,  la finalidad de la misma es establecer disposiciones normativas que tutelen los derechos humanos en la Entidad, constituyendo con ello una protección más amplia a las personas, y que además represente una mejora a la sociedad.
Finalmente, el día de ayer miércoles 29 de octubre, el Congreso resolvió que, a quien cometiere dicho delito se le  impondrán de uno a tres años de prisión o de veinticinco a cien días de trabajo en favor de la comunidad y multa de cincuenta a doscientos días al que ejecute cualquier acción que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Si fuera un servidor público se le aumentará en una mitad la pena prevista, y cuando las conductas sean cometidas por una persona con la que la víctima tenga una relación de subordinación laboral, la pena también se incrementará en una mitad.

El dictamen emanado de la  comisión competente señala que, la discriminación en cualquiera de sus formas, ya sea por tipo de raza, condición social, origen étnico, color de piel, sexo, lengua, religión, política, apariencia física, condición económica, preferencia sexual o cualquier otra, debe de ser tipificada como delito, imponiendo sanciones de carácter punitivo que correspondan a la conducta empleada.

Para hacer posible la sanción a través de los mecanismos legislativos y que el castigo de tipo penal encuadre apegado a la legalidad, se instituye en el Código Penal de nuestra Entidad, la discriminación como una conducta delictiva que sea sancionada por el Estado, por cualquier de sus formas, ya que esta degradante conducta impide y atenta en contra del respeto a las personas, constituyendo un impedimento serio para el desarrollo de la sociedad morelense.

En la votación por unanimidad, el Pleno Legislativo aprobó adicionar un Capítulo III denominado: “DISCRIMINACIÓN”, y un Artículo 212 Quáter al Título Décimo Primero denominado: “Delitos Contra El Desarrollo, La Dignidad de la Persona y la Equidad de Género” del Código Penal para el Estado de Morelos.
Un trabajo más en favor de la sociedad, que se logra cristalizar, manifestó la diputada Marín Méndez.

No hay comentarios:

Publicar un comentario