jueves, 11 de septiembre de 2014

INICIATIVA PARA GARANTIZAR DERECHOS DE ACREEDORES ALIMENTARIOS

  • La diputada Erika Hernández Gordillo propuso ajustar el REDAM y evitar que puedan contraer matrimonio o adoptar quienes estén inscritos en él.

La diputada Erika Hernández Gordillo presentó una iniciativa de reformas para garantizar la entrega oportuna y suficiente de aquello a lo que tengan derecho los acreedores alimentarios, así como para hacer eficiente el funcionamiento del Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Estado de Morelos (REDAM) y determinar que quienes estén inscritos en él, resulten impedidos para contraer matrimonio o adoptar.


La propuesta que fue enviada a la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación para su análisis y dictamen, reforma y adiciona disposiciones del Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos y pretende que el REDAM funcione correctamente, ya que no ha sido del todo eficiente, según estableció la legisladora.

Dijo que el REDAM es una figura creada tras modificaciones en los Códigos Familiar y Penal con fecha 1º  de febrero de 2012 y en él deben estar inscritas aquellas personas que hayan dejado de cumplir por más de 90 días sus obligaciones alimentarias ordenadas por los jueces familiares, los cuales por ello pueden enfrentar una pena privativa de libertad de hasta cuatro años.

Sin embargo, hasta la fecha no se cuenta con datos específicos que lleven a documentar el número total de deudores alimentarios morosos inscritos en él, ni tampoco si alguno de ellos ha llegado a ser condenado a prisión por incumplimiento, de tal forma que una de las propuestas de esta iniciativa es establecer en el Código Familiar estatal, la obligación del Registro Civil de actualizar la información del REDAM mensualmente.

También busca subsanar la falta de una disposición que establezca los supuestos en que un deudor alimentario puede solicitar la cancelación de su inscripción en el REDAM y definir la naturaleza del registro como preventiva y provisional, incorporándose como parte integrante de la misma no sólo el nombre sino también los datos de identificación como el Registro Federal de Contribuyentes.
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Esta reforma propone también establecer como requisito previo a la celebración del matrimonio, el tramitar y obtener un certificado expedido por el Registro Civil para hacer constar si alguno de los contrayentes se encuentra inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

En su caso, estar inscrito sería impedimento para contraer matrimonio o adoptar, considerando que quien no proporciona alimentos a sus descendientes biológicos, tampoco lo hará con quien sólo los una un vínculo netamente legal, aunque este impedimento sería de carácter dispensable, ya que existe la posibilidad de que el deudor alimentario moroso pueda ponerse al corriente en el pago de alimentos y que a su vez pueda solicitar la cancelación de la inscripción.


Por ello este instrumento parlamentario pretende que la existencia del Registro debe tener una utilidad práctica y servir a los fines para los cuales fue creado, es decir, garantizar el derecho de los acreedores alimentarios a contar con éstos de manera oportuna y suficiente.

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