domingo, 21 de septiembre de 2014

PLANTEAN ADICIÓN PARA SUPRIMIR MUNICIPIOS POR INCAPACIDAD FINANCIERA

  • El diputado Matías Nazario Morales presentó una iniciativa que agrega la fracción XII Bis al artículo 40 de la Constitución Política del Estado de Morelos.

El diputado Matías Nazario Morales propuso realizar una adición a la Constitución Política del Estado de Morelos, que permita suprimir aquellos municipios cuya incapacidad financiera les impida cumplir con los servicios públicos a que están obligados e incluso con la manutención del gobierno propio.


La iniciativa del legislador, que para su análisis y dictamen fue remitida a la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación, contempla adicionar la fracción XII Bis al artículo 40 de la Constitución local, con el objeto de determinar lo conducente en la supresión de municipios por motivos de insuficiencia financiera de uno de ellos.

Al presentar su instrumento parlamentario ante sus homólogos, durante la pasada sesión ordinaria, Matías Nazario indicó: “Hoy en día, la mayoría de los municipios y sus Ayuntamientos atraviesan por crisis financiera que los van colocando en una situación inoperante: sus recursos se destinan preferentemente ya no para brindar servicios a la población, sino para apenas sostener a un aparato burocrático y de gobierno. Así, se desvirtúa completamente la existencia de un gobierno municipal”.

Indicó que el artículo 40 es claro en cuanto al procedimiento para la creación de nuevas municipalidades, y tratándose de la supresión de municipios también señala como facultad del Congreso la de suprimir alguno o algunos de los municipios existentes, incorporándolos a los más inmediatos, siempre que se demuestre plenamente ante el Congreso que no  llenan los requisitos en materia de población y de potencialidad financiera.

Por ello, expuso, es importante precisar qué es lo que debe suceder cuando el motivo para la supresión de un municipio sea que ha perdido su “capacidad financiera para el mantenimiento del Gobierno propio y de los servicios públicos que quedarían a su cargo”.

Indicó que en el caso de los municipios de Morelos la disminución del número de habitantes no es, por ahora, una causal de la supresión de un municipio. Pero tampoco, salvo contados casos, el aumento poblacional lo es para la creación de nuevas jurisdicciones municipales. Sin embargo, sí sería un factor para la supresión de un municipio la pérdida de su potencial económico y capacidad financiera para el mantenimiento del gobierno propio y de los servicios públicos a su cargo.

Así, la propuesta legislativa pretende establecer la norma constitucional sobre la forma en que se debe conducir la supresión de un municipio, la cual implica decretar que la misma autoridad que lo determine, en este caso el Congreso del Estado, conduzca el proceso y determine a cuál o a cuáles de los municipios colindantes se agregarán los centros de población y territorio que lo formaban, y que se mantenga su unidad social, cultural y geográfica.


Además, se propone que sea el gobernador del estado, el propio Ayuntamiento por acuerdo de cabildo, o la población mediante referéndum, las instancias facultadas, de manera individual o conjunta, para solicitar la desaparición de la municipalidad, cuando existe incapacidad económica para el sostenimiento de su administración.

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