· En sesión ordinaria, los diputados presentaron 20
iniciativas de ajustes y adiciones sobre diversos ordenamientos legales.
· El Congreso hizo la declaratoria de las reformas a los
artículos 2 y 70 de la Constitución Política del Estado de Morelos.
Los
diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Agropecuario del Congreso
local presentaron hoy una iniciativa de reformas al Código Penal del Estado, a
fin de actualizar la legislación en materia de combate al delito del abigeato,
con penas más severas, la tipificación de nuevas conductas y el castigo no sólo
a quienes roben el ganado, sino también a quienes participen en su compraventa
y transportación.
El
diputado Fernando Guadarrama Figueroa, presidente de la Comisión, presentó la
iniciativa durante la sesión ordinaria de este jueves, a nombre del resto de
los integrantes del órgano legislativo: Rosalina Mazari Espín, Juan Ángel
Flores Bustamante, Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Juan Carlos Rivera
Hernández, Jordi Messeguer Gally, Mario Arizmendi Santaolaya, Ángel García
Yáñez, Raúl Tadeo Nava y Alfonso Miranda Gallegos.
El
legislador explicó que la propuesta es resultado del “Primer Foro Estatal de
Análisis a la Problemática del Abigeato en el Estado de Morelos”, celebrado el
26 de febrero, donde pudieron interactuar los diputados y autoridades de los
sectores agropecuario y de justicia, con los productores pecuarios, “con el
objeto de revisar la problemática desde la perspectiva de cada uno de los
actores y sentar las bases de una estrategia en común para atender el tema”.
Los
resultados del Foro se revisaron, discutieron y acordaron en detalle durante la
Sesión Ordinaria 04 de la Comisión de Desarrollo Agropecuario celebrada el
pasado 15 de marzo, de la que resultó esta iniciativa con proyecto de decreto
que reforma el artículo 179 eliminando el segundo párrafo, adiciona el artículo
179 Bis, reforma el artículo 180 así como sus fracciones II, III y adiciona la
fracción VI, y reforma además el 181 adicionándole una fracción VI, recorriendo
las subsiguientes, del Código Penal para el Estado de Morelos.
La
reforma sobre el abigeato parte de la base de que “el apoderamiento de una cosa
ajena es un comportamiento que, por propia voluntad, resulta contrario a lo
establecido por la ley. El delito, por lo tanto, implica una violación de las
normas vigentes, lo que hace que merezca una medida sancionadora de acuerdo con
los derechos humanos, un castigo o pena”.
También,
que en fechas recientes el abigeato se ha incrementado en el país y en Morelos,
y “existe un reclamo importante de todas las representaciones pecuarias y
acuícolas hacia las autoridades, a fin de que se tomen acciones para contener”
este ilícito que en la actualidad “es cometido por organizaciones criminales
que utilizan medios modernos que han dejado o vienen dejando obsoleta la
respuesta punitiva del Estado”.
Por
ello se propone la actualización normativa en cuanto a la sanción del delito de
abigeato, incorporando nuevas hipótesis y más especies en ellas, proponiendo
una pena de cinco a veinticinco años de prisión y de noventa a mil quinientos
días multa a quienes lo cometan, sancionando también a quien aproveche,
obtengan beneficio económico y reciba o realice actos de intermediación en el
comercio de animales producto del abigeato.
Este
instrumento parlamentario forma parte de un grupo de 20 iniciativas de decreto
con reformas y adiciones a diversos ordenamientos legales a los que el
presidente de la Mesa Directiva, diputado Humberto Segura Guerrero, dio entrada
y turnó a las comisiones correspondientes para su análisis y dictamen, durante
la sesión ordinaria de este jueves.
Tales
iniciativas fueron presentadas por separado por los diputados Joaquín
Carpintero Salazar, Isaac Pimentel Rivas, José Manuel Agüero Tovar, Manuel
Martínez Garrigós, Roberto Yáñez Moreno, Erika Hernández Gordillo, David
Martínez Martínez, Matías Nazario Morales, Raúl Tadeo Nava, Rosalina Mazari
Espín y Javier Bolaños Aguilar.
Antes,
al inicio de la sesión, el presidente de la Mesa Directiva hizo la declaratoria
de la reforma al último párrafo del artículo 2 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Morelos, aprobada por el pleno el 12 de diciembre de
2012, que garantiza a los morelenses el derecho de acceso a la cultura y el
disfrute de los bienes y servicios culturales.
También,
la declaratoria de la reforma a la fracción XXII del artículo 70 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, aprobada por el pleno el 15 de
diciembre de 2012, por el que se establece la obligatoriedad de la educación
pública hasta el nivel medio superior.
En
ambos casos, por separado, las reformas fueron aprobadas por los Cabildos de
los municipios de Jojutla, Temixco, Tetecala y Xochitepec, y se consideró su
aprobación por parte de los ayuntamientos del resto de las 33 demarcaciones
morelenses, con base en la fracción II del artículo 147 de la Constitución
Política estatal, que establece la afirmativa ficta cuando haya transcurrido un
mes de enviado el proyecto de reforma y el ayuntamiento correspondiente no se
haya pronunciado.
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