jueves, 21 de marzo de 2013

PROPONEN REFORMAS SOBRE ABIGEATO PARA DAR MAYORES PENAS Y TIPIFICAR NUEVAS CONDUCTAS


·       En sesión ordinaria, los diputados presentaron 20 iniciativas de ajustes y adiciones sobre diversos ordenamientos legales.
·       El Congreso hizo la declaratoria de las reformas a los artículos 2 y 70 de la Constitución Política del Estado de Morelos.


Los diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Agropecuario del Congreso local presentaron hoy una iniciativa de reformas al Código Penal del Estado, a fin de actualizar la legislación en materia de combate al delito del abigeato, con penas más severas, la tipificación de nuevas conductas y el castigo no sólo a quienes roben el ganado, sino también a quienes participen en su compraventa y transportación.


El diputado Fernando Guadarrama Figueroa, presidente de la Comisión, presentó la iniciativa durante la sesión ordinaria de este jueves, a nombre del resto de los integrantes del órgano legislativo: Rosalina Mazari Espín, Juan Ángel Flores Bustamante, Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Juan Carlos Rivera Hernández, Jordi Messeguer Gally, Mario Arizmendi Santaolaya, Ángel García Yáñez, Raúl Tadeo Nava y Alfonso Miranda Gallegos.

El legislador explicó que la propuesta es resultado del “Primer Foro Estatal de Análisis a la Problemática del Abigeato en el Estado de Morelos”, celebrado el 26 de febrero, donde pudieron interactuar los diputados y autoridades de los sectores agropecuario y de justicia, con los productores pecuarios, “con el objeto de revisar la problemática desde la perspectiva de cada uno de los actores y sentar las bases de una estrategia en común para atender el tema”.

Los resultados del Foro se revisaron, discutieron y acordaron en detalle durante la Sesión Ordinaria 04 de la Comisión de Desarrollo Agropecuario celebrada el pasado 15 de marzo, de la que resultó esta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 179 eliminando el segundo párrafo, adiciona el artículo 179 Bis, reforma el artículo 180 así como sus fracciones II, III y adiciona la fracción VI, y reforma además el 181 adicionándole una fracción VI, recorriendo las subsiguientes, del Código Penal para el Estado de Morelos.

La reforma sobre el abigeato parte de la base de que “el apoderamiento de una cosa ajena es un comportamiento que, por propia voluntad, resulta contrario a lo establecido por la ley. El delito, por lo tanto, implica una violación de las normas vigentes, lo que hace que merezca una medida sancionadora de acuerdo con los derechos humanos, un castigo o pena”.

También, que en fechas recientes el abigeato se ha incrementado en el país y en Morelos, y “existe un reclamo importante de todas las representaciones pecuarias y acuícolas hacia las autoridades, a fin de que se tomen acciones para contener” este ilícito que en la actualidad “es cometido por organizaciones criminales que utilizan medios modernos que han dejado o vienen dejando obsoleta la respuesta punitiva del Estado”.

Por ello se propone la actualización normativa en cuanto a la sanción del delito de abigeato, incorporando nuevas hipótesis y más especies en ellas, proponiendo una pena de cinco a veinticinco años de prisión y de noventa a mil quinientos días multa a quienes lo cometan, sancionando también a quien aproveche, obtengan beneficio económico y reciba o realice actos de intermediación en el comercio de animales producto del abigeato.

Este instrumento parlamentario forma parte de un grupo de 20 iniciativas de decreto con reformas y adiciones a diversos ordenamientos legales a los que el presidente de la Mesa Directiva, diputado Humberto Segura Guerrero, dio entrada y turnó a las comisiones correspondientes para su análisis y dictamen, durante la sesión ordinaria de este jueves.

Tales iniciativas fueron presentadas por separado por los diputados Joaquín Carpintero Salazar, Isaac Pimentel Rivas, José Manuel Agüero Tovar, Manuel Martínez Garrigós, Roberto Yáñez Moreno, Erika Hernández Gordillo, David Martínez Martínez, Matías Nazario Morales, Raúl Tadeo Nava, Rosalina Mazari Espín y Javier Bolaños Aguilar.

Antes, al inicio de la sesión, el presidente de la Mesa Directiva hizo la declaratoria de la reforma al último párrafo del artículo 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, aprobada por el pleno el 12 de diciembre de 2012, que garantiza a los morelenses el derecho de acceso a la cultura y el disfrute de los bienes y servicios culturales.

También, la declaratoria de la reforma a la fracción XXII del artículo 70 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, aprobada por el pleno el 15 de diciembre de 2012, por el que se establece la obligatoriedad de la educación pública hasta el nivel medio superior.

En ambos casos, por separado, las reformas fueron aprobadas por los Cabildos de los municipios de Jojutla, Temixco, Tetecala y Xochitepec, y se consideró su aprobación por parte de los ayuntamientos del resto de las 33 demarcaciones morelenses, con base en la fracción II del artículo 147 de la Constitución Política estatal, que establece la afirmativa ficta cuando haya transcurrido un mes de enviado el proyecto de reforma y el ayuntamiento correspondiente no se haya pronunciado.

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