martes, 11 de junio de 2013

PROPONEN MODIFICAR FORMATO DE COMPARECENCIAS DE SERVIDORES PÚBLICOS

·        Hasta ahora se han efectuado de manera atropellada, sin que exista orden en su desarrollo ni se generen resultados positivos, por lo que “urge establecer nuevas normas”: Diputada Amelia Marín Méndez.

Con el objetivo de normar lo relativo a las comparecencias y establecer el mecanismo que debe seguirse a fin de obligar al servidor público a que responda los cuestionamientos que se le formulen durante la misma, la diputada Amelia Marín Méndez propuso al Pleno la reforma al Artículo 77 de la Constitución estatal, que contiene los lineamientos en la materia.

Durante la última sesión ordinaria, la legisladora del Partido Acción Nacional presentó la iniciativa y resaltó entre otras condiciones, que al acudir a comparecer ante el Pleno, el servidor público se debe comprometer a conducirse bajo protesta de decir verdad; y por otro lado, una vez concluida la comparecencia, el Congreso podrá formular recomendaciones al titular del Poder Ejecutivo, con el propósito de buscar solución al problema que haya originado la comparecencia.
Marín Méndez dijo que lamentablemente las comparecencias que se han realizado en las últimas Legislaturas, “incluida la nuestra, se han efectuado de manera atropellada, sin que exista orden en el desarrollo de las mismas, la comparecencia de la Secretaria de Seguridad Pública es una muestra clara de que se requiere normar el procedimiento a seguir en una comparecencia”, expresó.
“No se trata de una competencia de porras, una que le aplaude todo al servidor público y otra que le demanda responda a las interrogantes de los diputados”, sino más bien de un acto de rendición de cuentas y transparencia;  “pero lo más grave –abundó- es que el servidor público se quede callado, sin dar respuesta a lo que se le pregunta”.
De ahí que la diputada consideró necesario establecer con precisión en diez acciones, las reglas a seguir durante la realización de las comparecencias de los servidores públicos ante el Pleno del Congreso o ante Comisiones. En este listado se establece, por ejemplo, que los diputados podrán repreguntar hasta en dos ocasiones, cuando a su juicio el servidor público no sea claro en sus respuestas, o adopte una posición evasiva; la finalidad de repreguntar será la de buscar que quede plenamente aclarada la materia objeto del cuestionamiento.
            Asimismo queda de manifiesto que después de una comparecencia ante el Pleno, o ante Comisiones, o tratándose de conclusiones de alguna de las comisiones investigadoras del Congreso, se elaborará una recomendación para hacerla llegar al titular del Ejecutivo, en la que se le comunique el diagnostico, conclusiones y medidas que se considere prudente tomar, para solucionar el o los problemas que originaron la comparecencia.
La propuesta fue turnada a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para su análisis y dictamen.


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