miércoles, 18 de junio de 2014

NUEVA LEY ESTATAL PARA LA CONVIVENCIA Y SEGURIDAD DE LA COMUNIDAD ESCOLAR

  • El ordenamiento está orientado a prevenir y erradicar la violencia escolar y deriva de iniciativas de tres legisladores y de observaciones del Ejecutivo estatal.


Con el objetivo de proteger la integridad física y mental de los alumnos, docentes, personal en general y padres de familia, ante incidentes que se pueden presentar en el interior y exterior de las escuelas, durante la sesión ordinaria de este día, con 21 votos a favor del mismo número de diputados presentes, fue aprobado el dictamen emanado de las Comisiones Unidas de Educación y Cultura y Seguridad Pública y Protección Civil, por el que se crea la Ley Estatal para la Convivencia y Seguridad de la Comunidad Escolar, la cual establece disposiciones para la prevención y el combate del maltrato escolar,.

La Ley está integrada por dos Títulos, ocho Capítulos y 50 artículos, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” y para garantizar su cumplimiento el Ejecutivo estatal deberá incluir en el Presupuesto de Egresos la partida correspondiente. Dentro del término de 90 días hábiles siguientes a su entrada en vigor, la autoridad educativa estatal expedirá las disposiciones reglamentarias aplicables a cada nivel educativo del Estado.

Dicha Ley comprende estrategias para la prevención y acciones en materia de convivencia y seguridad de la comunidad escolar, así como la integración de las brigadas escolares, un Programa Estatal para la Convivencia y Seguridad de la Comunidad Escolar y la creación de un Consejo Estatal de Participación Social en la Educación, el cual diseñará la política pública de convivencia y seguridad de la comunidad escolar en el Estado, previa aprobación del titular del Ejecutivo Estatal.

Este Consejo estará integrado por titulares o representantes de diversas dependencias y dos representantes de diferentes organizaciones civiles debidamente registradas, quienes deberán ser invitados por el Presidente del Consejo, acreditando ser especialistas en el tema de violencia escolar, y que tendrán derecho a voz pero sin voto, con carácter honorífico.

Las infracciones a la citada Ley y la omisión en su aplicación, se sancionarán de acuerdo a los reglamentos propios que expida la autoridad competente de cada nivel educativo, así como a la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Morelos y las demás leyes aplicables, según sea el caso.

El dictamen que fue integrado al orden del día por el diputado presidente de la Comisión de Educación y Cultura, Alfonso Miranda Gallegos, y votado como de urgente y obvia resolución, integra las propuestas de los diputados Javier Edmundo Bolaños Aguilar, del PAN, presentada el 12 de septiembre de 2012; José Manuel Agüero Tovar, del PRI, presentada el 21 de marzo del 2013; del diputado Arturo Flores Solorio, del PRD, presentada el 25 de septiembre pasado. La Ley fue inicialmente aprobada en sesión ordinaria del 12 de febrero del 2014 pero fue devuelta con las observaciones realizadas por el titular del Ejecutivo con fecha 3 de marzo del 2014.


Durante la discusión del dictamen hicieron uso de la tribuna para sustentar su voto a favor, los diputados Alfonso Miranda Gallegos, Juan Ángel Flores Bustamante, José Manuel Agüero Tovar y Javier Edmundo Bolaños Aguilar, quienes coincidieron en la importancia de contar con una legislación que permita a las autoridades actuar para la prevención y combate de las conductas de violencia que ponen en riesgo la integridad física de alumnos, maestros, padres de familia y todos quienes integran la comunidad escolar.

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