martes, 29 de octubre de 2013

APRUEBAN TIPIFICAR COMO GRAVE DELITO DE ASALTO Y DAN FACULTADES A CUERPOS POLICÍACOS

·         Las reformas tipifican como grave el delito de asalto y otorgan competencia a la Policía Preventiva para recabar información sobre hechos delictuosos.
El Pleno del Congreso del Estado aprobó este día reformas que derogan y adicionan diversas disposiciones de los Códigos Penal y de Procedimientos Penales ambos para el Estado de Morelos, con lo que se garantizará el adecuado tránsito de personas en las distintas vialidades de la entidad con el fin de salvaguardar su integridad.
Con la reforma al texto del artículo 148, de la Ley sustantiva penal se actualiza la tipificación del delito de asalto, en proporción por el daño que causa este delito a la sociedad, la cual impide su debido desarrollo; la reforma establece que a quien haga uso de violencia física o moral a una o más personas con el propósito de exigirle su asentimiento para cualquier fin ilícito, en un lugar en que, a cualquier hora del día o de la noche no fuere posible obtener auxilio, se le impondrá de cinco a diez años de prisión y de cincuenta a doscientos días de multa.  

La misma sanción a que se refiere el párrafo anterior se aplicará cuando se haga uso de violencia física o moral estando la víctima o víctimas en un vehículo particular o público, independientemente del lugar en que se encuentre. Para los efectos de lo que establece el artículo en mención, se entiende que el delito se comete aún al encontrarse en un sitio, calle o suburbio de una ciudad, pueblo o cualquier comunidad o en los caminos que comunican a los mismos.
Así mismo, las modificaciones al Código de Procedimientos Penales otorgan competencia a la Policía Preventiva para recabar la información necesaria de los hechos delictuosos de los cuales tenga noticia.
Los integrantes de los cuerpos de seguridad pública, distintos a la policía investigadora, recabarán la información necesaria de los hechos delictuosos de que tengan noticia, incluyendo la narrativa o descripción de hechos de las víctimas u ofendidos de los hechos delictuosos, por escrito; dando inmediato aviso al Ministerio Público, impedirán que los hechos se lleven a consecuencias futuras.
Los cuerpos de seguridad detendrán en flagrancia a quien realice un hecho que pueda constituir delito. En este caso o cuando reciban de cualquier persona o autoridad a una persona detenida, deberán ponerla de inmediato a disposición del Ministerio Público y realizaran el registro inmediato de la detención; identificarán y aprehenderán, por mandato judicial o ministerial, a los imputados.
El dictamen en sentido positivo emanado de la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación de la LII Legislatura, señala que con la propuesta de reforma a diversas disposiciones de los Códigos Penal y de Procedimientos Penales ambos para el Estado de Morelos, responde a la iniciativa presentada en sesión ordinaria del pasado 06 de julio del año en curso por el Ejecutivo Estatal.
Del mismo modo, durante la sesión parlamentaria de este día entre otros temas, el Pleno del Congreso aprobó la armonización de la Ley General de Bienes; Ley que crea el Centro Morelense de las Artes; Ley de Firma Electrónica; y Ley de Desarrollo Económico Sustentable del Estado de Morelos, en todas para la actualización de los nombres de las extintas Secretarías de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, Finanza y Planeación y de Gestión e Innovación Gubernamental, quedando el nombre de éstas como Secretaría de Obras Públicas; Secretaría de Hacienda y Secretaría de Administración, y la extinta Secretaria de Desarrollo Económico por la Secretaría de Economía.


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