sábado, 26 de octubre de 2013

REDUCIRÍAN TEMPORALIDAD EN REPRESENTACIÓN DEL LEGISLATIVO ANTE EL CONSEJO DE LA JUDICATURA

·         Especificar en la Constitución que durará sólo tres años, en lugar de seis, solicitó el diputado Gilberto Villegas Villalobos.

El diputado Gilberto Villegas Villalobos solicitó especificar en la Constitución estatal que la  temporalidad que debe tener el representante del Poder Legislativo ante el Consejo de la Judicatura Estatal sea de tres años en el cargo, con la finalidad de que tenga una autentica representatividad democrática.

Durante la pasada sesión ordinaria, dijo que nuestro sistema constitucional establece el principio de la división de poderes como fundamento del sistema de gobierno, tanto en el ámbito federal como en el local y que “la razón de ser de dicho principio, es evitar la concentración de poderes en una sola persona o corporación”.
Villegas Villalobos planteó en una iniciativa que presentó con el objetivo de reformar el párrafo VI del Artículo 92 de la Constitución Política del estado, que “la división de poderes no puede entenderse como una separación total de facultades entre órganos de gobierno”, por el contrario, “la práctica política ha originado modernamente la llamada colaboración de poderes”.
Señaló que en el pasado esta separación implicaba una mera fórmula definida en una disposición constitucional inobservable que no empataba con los hechos que la realidad política vivía, padecía o imponía, y que “el obstáculo que imperaba era el control presidencial sin límites”.
El también integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista, destacó que es necesario reafirmar el principio primigenio de la división de los tres poderes, centrado en la equilibrada, republicana y respetuosa colaboración entre ellos, asegurando de esta manera, promover su motivación y su fortalecimiento.
Subrayo que “la reforma planteada, se basa en la temporalidad del representante que el Poder Legislativo debe tener ante el Consejo de la Judicatura Estatal, conservando el contenido de fondo, por lo que se propone que el consejero representante de este poder dure tres años en el cargo con la finalidad de que tenga una autentica representatividad democrática por todos los que integramos esta Asamblea”.
Destacó que su propuesta se basa en reformar el párrafo VI del Artículo 92 de la Constitución local para indicar que “Salvo el Presidente del Consejo, los demás Consejeros durarán seis años en el cargo, a excepción del representante del Poder Legislativo quien durará tres años en el cargo. Ninguno de los integrantes del Consejo podrá ser designado para un nuevo período. Durante su gestión los Consejeros podrán ser removidos además, en los términos que señale esta Constitución”.
La propuesta fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación para su análisis y dictamen.


No hay comentarios:

Publicar un comentario