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Especificar
en la Constitución que durará sólo tres años, en lugar de seis, solicitó el
diputado Gilberto Villegas Villalobos.
El
diputado Gilberto Villegas Villalobos solicitó especificar en la Constitución
estatal que la temporalidad que debe
tener el representante del Poder Legislativo ante el Consejo de la Judicatura
Estatal sea de tres años en el cargo, con la finalidad de que tenga una
autentica representatividad democrática.
Durante
la pasada sesión ordinaria, dijo que nuestro sistema constitucional establece
el principio de la división de poderes como fundamento del sistema de gobierno,
tanto en el ámbito federal como en el local y que “la razón de ser de dicho
principio, es evitar la concentración de poderes en una sola persona o
corporación”.
Villegas
Villalobos planteó en una iniciativa que presentó con el objetivo de reformar el
párrafo VI del Artículo 92 de la Constitución Política del estado, que “la
división de poderes no puede entenderse como una separación total de facultades
entre órganos de gobierno”, por el contrario, “la práctica política ha
originado modernamente la llamada colaboración de poderes”.
Señaló
que en el pasado esta separación implicaba una mera fórmula definida en una
disposición constitucional inobservable que no empataba con los hechos que la
realidad política vivía, padecía o imponía, y que “el obstáculo que imperaba
era el control presidencial sin límites”.
El
también integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista,
destacó que es necesario reafirmar el principio primigenio de la división de
los tres poderes, centrado en la equilibrada, republicana y respetuosa
colaboración entre ellos, asegurando de esta manera, promover su motivación y
su fortalecimiento.
Subrayo
que “la reforma planteada, se basa en la temporalidad del representante que el
Poder Legislativo debe tener ante el Consejo de la Judicatura Estatal,
conservando el contenido de fondo, por lo que se propone que el consejero
representante de este poder dure tres años en el cargo con la finalidad de que
tenga una autentica representatividad democrática por todos los que integramos
esta Asamblea”.
Destacó
que su propuesta se basa en reformar el párrafo VI del Artículo 92 de la
Constitución local para indicar que “Salvo
el Presidente del Consejo, los demás Consejeros durarán seis años en el cargo, a excepción del representante del Poder
Legislativo quien durará tres años en el cargo. Ninguno de los integrantes
del Consejo podrá ser designado para un nuevo período. Durante su gestión los
Consejeros podrán ser removidos además, en los términos que señale esta
Constitución”.
La
propuesta fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación
para su análisis y dictamen.
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