La diputada María Teresa Domínguez Rivera presentó este día una iniciativa de decreto que reforma los artículos 107 y 69 de la Ley de Transporte para el Estado de Morelos, con el propósito de establecer sanciones ejemplares para concesionarios y choferes del transporte público de la entidad y poner fin a sus abusos.
Ante el
pleno parlamentario, la legisladora señaló que es deplorable el transporte
público en Morelos, a pesar de que es un servicio fundamental en nuestra sociedad
y una de las actividades que más se relacionan con la calidad de vida de los
ciudadanos.
“El servicio
público concesionado de transporte público en nuestro estado, es deplorable,
tanto autoridades como concesionarios se han preocupado por todo, menos por dar
un buen servicio y respetar al ciudadano usuario”, apuntó.
Entre los
problemas mencionó las pésimas condiciones de las unidades, la falta de
educación vial de los conductores y la falta de compromiso social y respeto por
los usuarios de los concesionarios, parque vehicular excesivo que provoca caos
vial en Cuernavaca, descenso y ascenso en lugares no permitidos, bloqueo de
calles, doble fila, modo de conducir inadecuado, exceso de velocidad y que los
conductores no respetan las señales de tránsito.
Indicó
que “los problemas del transporte público en Morelos son propiciados por todas
las partes intervinientes, por un lado el Ejecutivo y la falta de supervisión y
mano dura, para hacer cumplir las leyes y por otro la falta de calidad en el
servicio y de educación vial por parte de concesionarios, permisionarios y
conductores”.
Dijo que
“si el servicio es público, se entiende por lógica que a quien debe beneficiar
es a la ciudadanía, no a los concesionarios con sus utilidades monetarias que
la concesión les genera, motivo por el cual debemos poner un alto a los abusos
en este tema”.
Y
advirtió que “la falta de sanciones ejemplares para los concesionarios,
permisionarios y conductores, produce que estos sigan cometiendo infracciones
en franco detrimento de los usuarios, y del servicio público”.
Por ello
presentó su iniciativa, que fue turnada a la Comisión de Tránsito, Transporte y
Vías de Comunicación, y mediante la cual busca “hacer más severas las sanciones
administrativas a quienes incumplan la ley y los términos de las concesiones,
así como al propio conductor”, en los siguientes términos:
Artículo Primero: Se modifica el artículo 107
de la ley de Transporte del Estado de Morelos, para quedar como sigue:
ARTÍCULO
107. Los concesionarios y permisionarios que infrinjan lo previsto en esta Ley
y su Reglamento, se harán acreedores a las siguientes sanciones:
I. Multa
de cien días de salario mínimo vigente en la Entidad, de conformidad con
el tabulador que establezca la Secretaría, mismo que deberá ser publicado en el
Periódico Oficial “Tierra y Libertad” del Estado. Al realizar el pago de la
multa dentro de los primeros diez días hábiles tendrán el descuento del
cincuenta por ciento;
II.
Suspensión temporal de hasta noventa días de la prestación del servicio de
transporte público de transporte de que se trate;
III.
Revocación de la concesión o permiso.
……
Artículo Segundo: Se modifica el artículo 69
de la ley de Transporte del Estado de Morelos, para quedar como sigue:
ARTÍCULO
69. Los gafetes de identificación para operador de vehículos de servicio de
transporte público que expida la Dirección General de Transportes, se
cancelarán por cualquiera de las siguientes causas:
I. ….;
II.
Cuando al operador se le sancione por un accidente de tránsito imputable a él;
III. …;
IV. ….;
V. ….;
VI. …;
VII. …;
VIII. …;
IX. …;.
XI.- Sea
sancionado por más de dos ocasiones por infracciones de transito
XII.-No
respete los descuentos y exenciones otorgados a personas con capacidades
diferentes, adultos mayores y niños menores de 3 años, según corresponda.
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