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La
diputada Rosalina Mazari Espín, señaló necesario reformar el Código Penal
estatal para generar certeza en la aplicación de las sanciones.
La diputada Rosalina Mazari Espín
planteó especificar en el Código Penal para el Estado de Morelos, los
parámetros mínimo y máximo de la sanción legal, en el caso de los delitos
culposos, para generar certeza en la aplicación del castigo que resulte
aplicable.
Al realizarse la pasada sesión
ordinaria, indicó mediante el documento de su iniciativa, que se debe reformar
el artículo 62 del citado ordenamiento, para establecer: “Los delitos culposos
se sancionarán con hasta la mitad de las sanciones asignadas al delito doloso
que corresponda, considerando el mínimo y máximo de la sanción legal, salvo que
la ley ordene otra cosa”.
Agrega: “En estos casos, la
sanción privativa de libertad no podrá exceder de la dispuesta en el artículo
128. Cuando se trate de sanción alternativa que incluya una no privativa de la
libertad, esta circunstancia aprovechará al infractor. Al responsable de delito
culposo se le impondrá, igualmente, en su caso, suspensión hasta de cinco años
o privación definitiva de los derechos, cargos o funciones correspondientes a
la actividad en cuyo ejercicio cometió el delito”.
Mazari Espín señaló que el Código
Penal vigente define en su artículo 1 que delito es la acción u omisión que
sanciona la ley penal, y que nadie podrá ser sancionado penalmente por una
acción o una omisión, si éstas no se hallan expresamente previstas como delito
por la ley vigente cuando se cometieron, o si la sanción no se encuentra
establecida en ella.
En el documento de su iniciativa,
que fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación para su
análisis y dictamen, indica que para el caso de los delitos culposos, el
artículo 62 del Código en comento, establece actualmente, que se sancionarán
con hasta la mitad de las sanciones asignadas al delito doloso que corresponda,
por lo que planteó la necesidad de modificarlo para especificar que se deben
considerar los parámetros mínimo y máximo de la sanción legal.
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