- Propone diputado Manuel Martínez Garrigós
reformar la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales
del Estado de Morelos en los temas de comunicación y seguridad.
El tema
de la transparencia, hoy en día, es considerado uno de los valores más
preciados a nivel mundial, ya que para los ciudadanos, garantiza un derecho
fundamental para conocer el proceso y la toma de decisiones públicas y permite
a los gobiernos ser claros en la rendición de cuentas, así como en los procesos
de formación de decisiones, su gestión y sus resultados, consideró el diputado
Manuel Martínez Garrigós.
Sin
embargo, de acuerdo a un diagnóstico sobre el gasto en publicidad oficial en
las entidades federativas, elaborado por las organizaciones Artículo 19 y
FUNDAR en el año 2013, del año 2006 al año 2011 el egreso por este rubro en
Morelos se incrementó en 311%.
Las organizaciones
en comento establecen un indicador conocido como Índice de acceso al Gasto en
Publicidad Oficial. En el correspondiente al año 2012, Morelos recibió una
evaluación de 2 puntos de un total de 5, por entregar información limitada y
sin ningún tipo de desglose.
En este
contexto fue que el diputado Martínez Garrigós, presentó al pleno la iniciativa
para adicionar dos numerales al artículo 32 y al artículo 81, de la Ley de
Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personal del Estado de
Morelos, para transparentar el gasto de entidades y sujetos obligados en temas
de interés de la ciudadanía, como es el gasto en seguridad y el gasto en
comunicación social, publicidad, imagen y/o promoción de los mismos; así
también se proponen mayores facilidades de acceso a la información para los
ciudadanos.
“Es
indiscutible que debido a la labor que desempeñan, algunos sujetos obligados
—en transparentar la gestión pública y la rendición de cuentas hacia la
sociedad— tienen la necesidad de contar con seguridad que los resguarde; pero
el gasto en ese rubro debe ser proporcional al tipo de actividad que
desempeñan; y que la sociedad conozca el gasto que se realiza en ese renglón”, señala.
El
legislador manifiesta también en su propuesta, que en las democracias la
difusión de las acciones de los sujetos y entes públicos son una herramienta
fundamental, no sólo para comunicar sobre el quehacer gubernamental “sino
también para propiciar el libre flujo de información entre gobiernos y
gobernantes, el debate público sobre las decisiones colectivas y la libertad de
expresión, ya que fomenta la pluralidad informativa”.
La
propuesta adiciona al artículo 32 de la Ley en comento, que versa sobre las
obligaciones de las entidades sin que medie ninguna solicitud al respecto, a
fin de que se incluyan los montos
destinados a gastos relativos a Comunicación Social, publicidad, imagen y/o
promoción de cualquier tipo que eroguen los titulares de cada dependencia y
organismo, incluyendo a los subalternos, desglosando gasto por medio, campaña,
objetivo y documentación completa sobre contratación (contrato y facturas),
presupuesto asignado e informes de ejecución. Así como los montos destinados a
gastos de seguridad que eroguen los titulares de cada dependencia y organismo,
incluyendo a los subalternos.
Mientras
en el artículo 81 para facilitar el acceso se propone que Cuando el costo de reproducción de la información resulte muy elevado
para el solicitante, este podrá, sin necesidad de justificación alguna, elegir
que se le permita acceder a la información en su sitio, para ello deberá
hacerle saber por escrito su decisión al sujeto obligado.
La
iniciativa del diputado Manuel Martínez Garrigós, que fue turnada a la Comisión
de Puntos Constitucionales y Legislación para su análisis y dictamen, recalca
que democracia, transparencia y acceso a la información pública se convierten
en premisas fundamentales para el desarrollo democrático, lo cual implica
forzosamente la participación ciudadana en la toma de decisiones, es decir que
los ciudadanos no sean contemplativos, sino activos de sus propios intereses
públicos.
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