- El diputado Raúl Tadeo Nava señaló la necesidad
de que puedan atender convenios de pensiones alimenticias y actas de
abandono, entre otros asuntos.
El
diputado Raúl Tadeo Nava planteó otorgar a los jueces de paz, atribuciones con
respecto a los derechos de familia, tales como convenios de pensiones
alimenticias, actas de abandono del domicilio conyugal, además de guarda y
custodia de los menores, para crearles la obligación de hacer de su
conocimiento inmediato al Juez Familiar de la Primera Instancia del Distrito
Judicial competente.
La
iniciativa que dio a conocer durante la pasada sesión ordinaria, propone
modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial del estado, tras señalar que
actualmente existen limitaciones para que los jueces de paz desarrollen sus
actividades, ya que no tienen la facultad para conocer sobre asuntos de índole
familiar.
Dijo que
la justicia de paz es el primer órgano jurisdiccional donde acuden los
ciudadanos con el objetivo de resolver casos de orden mercantil, pero también
de situaciones familiares, tales como las pensiones alimenticias, el abandono
de domicilio conyugal, la guardia y custodia de los menores, entre otros.
Mediante
el documento de su iniciativa, que será dictaminada por la Comisión de Justicia
y Derechos Humanos, pidió modificar el citado ordenamiento en su artículo 83,
fracción I, para indicar que los jueces de paz conocerán: “De los juicios cuyo
monto no exceda del importe de ciento cincuenta veces el salario mínimo diario
general vigente en el estado de Morelos. Se exceptúan los juicios que versen
sobre propiedad y demás derechos reales sobre inmuebles, los posesorios y los
que versen sobre estado y condición de las personas.”.
Sobre el
mismo artículo, señaló la necesidad de adicionar la fracción IV para establecer
que: “En su caso, de los convenios de derechos de familia en cuanto a pensiones
alimenticias y guarda y custodia, dando inmediatamente vista al Juez de Primera
Instancia del distrito Judicial competente”.
Al
exponer su iniciativa, destacó indispensable que los Juzgados de Paz cuenten
con facultades de reconocimiento de actos de los derechos de familia,
ejerciendo esta facultad, a través de un procedimiento breve y sencillo,
cumpliendo con el principio constitucional de justicia pronta y expedita.
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