domingo, 23 de febrero de 2014

MUNICIPIOS DETERMINARÁN PENSIONES DE SUS TRABAJADORES

  • El diputado David Rosas Hernández presentó la iniciativa que adiciona una fracción al artículo 38 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Morelos.


El diputado David Rosas Hernández propuso modificar la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Morelos, a fin de que sea cada ayuntamiento quien determine las pensiones de los trabajadores a su servicio.


El legislador, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, presentó en tribuna la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción LXVI del artículo 38 de la Ley en comento, la cual facultará a los ayuntamientos para resolver las solicitudes de pensión que anteriormente se presentaban ante el Congreso estatal.

El documento señala la importancia de contar con leyes adecuadas a la realidad social, leyes justas para burócratas, donde queden plasmados los derechos con que cuentan al momento de retirarse por haber cumplido el ciclo laboral desempeñado al servicio del Estado y sus Municipios, tal como lo contempla el artículo 57 de la Ley del Servicio Civil para el Estado de Morelos.

Lo anterior, debido a las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la cual atendió las controversias presentadas por algunos municipios y ha determinado que será el Municipio quien debe de resolver la solicitud de la pensión formulada por alguno de sus trabajadores.

Para ello se debe contar con un ordenamiento jurídico que establezca los medios y formas que deban conocer los Municipios en materia de Pensiones, “es decir que debemos de contar con el mecanismo jurídico en la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos, que le otorgue la facultad a los Ayuntamientos de resolver las pensiones de sus trabajadores al servicio de los Municipios”, indicó el legislador.  

En su exposición de motivos, la iniciativa menciona que busca que se cuente con el dispositivo legal que permita resolver la solicitud de pensión solicitada por el promovente, a fin de que el Municipio con pleno goce de autonomía pueda disponer de los recursos para el debido cumplimiento a los principios que consagra el articulo 123 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de seguridad social para los trabajadores burócratas.

La iniciativa fue remitida a la Comisión de Fortalecimiento Municipal y Desarrollo Regional, para su análisis y dictamen.

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