- Al recurrir la TECA, las partes en un procedimiento burocrático laboral deberán especificar un domicilio para recibir notificaciones.
La
diputada Rosalina Mazari Espín planteó establecer a las partes que intervienen
en un procedimiento burocrático laboral, la obligación de señalar en su primera
comparecencia o escrito, un domicilio para recibir notificaciones dentro del
lugar de residencia del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, para lo
cual es necesario modificar la Ley de Servicio Civil en la entidad.
Durante
la pasada sesión ordinaria, señaló también que
“para el caso de ser omisos, establecer que dichas notificaciones
personales se harán por boletín o por estrados, en tanto que tratándose de las
dependencias o entidades del gobierno estatal y municipios del estado, las
notificaciones se realizarán en el domicilio que hayan señalado o en su defecto
en el domicilio oficial de las mismas”.
Argumentó
que el actual ordenamiento no es claro por cuanto a la obligación que tienen
las partes para señalar un domicilio desde el momento en que se presenta la
demanda, así como en la contestación por parte del demandado.
Mazari
Espín agregó que “en casos como estos, en los que es insuficiente lo
establecido en la Ley en comento, su artículo 11 señala que se aplicará de
manera supletoria la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y
la Ley Federal del Trabajo”.
Ante ello,
propuso mediante su iniciativa, adicionar un artículo 115 Bis a la Ley de
Servicio Civil del Estado de Morelos, la cual indicó tiene por objeto
determinar los derechos y obligaciones de los trabajadores al servicio del
gobierno estatal y los municipios del estado de Morelos.
La
iniciativa de la legisladora fue conocida por el Pleno parlamentario y remitida
a comisiones legislativas para su correspondiente análisis y dictamen.
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