- La diputada Rosalina Mazari Espín presento una iniciativa para otorgar para licencias laborales con goce de sueldo hasta por doce días al año.
Con la
propuesta de adicionar el artículo 55 E en la Ley del Servicio Civil del Estado
de Morelos, la diputada Rosalina Mazari Espín presentó este día una iniciativa que
beneficia a las madres trabajadoras para solicitar un permiso con goce de
sueldo, hasta por doce días al año, para el cuidado de sus hijos menores de
hasta 12 años de edad, en caso de enfermedad.
En la
exposición de motivos la legisladora comentó que cada vez hay más mujeres que
trabajan fuera de casa, por lo que tienen que dejar a sus hijos al cuidado de
otras personas; algunas corren con la fortuna de tener el apoyo de su familia, en
tanto que otras se ven obligadas a dejar a sus hijos en las guarderías
infantiles a las que tienen derecho como afiliadas de alguna institución
pública de seguridad social.
La
diputada Mazari Espín resaltó que las madres trabajadoras al servicio del
Gobierno del Estado y sus municipios, cuentan con guarderías para que
proporcionen a sus hijos los servicios orientados a la alimentación, cuidado,
apoyo sicológico y de trabajo social; las cuales cuentan con un estricto
control en la admisión de los menores, verificando que se encuentren en buen
estado de salud.
Por lo
que en los casos de enfermedad, la guardería tiene la obligación de solicitar que
se dé estricto cumplimiento de reposo para el enfermo si así lo indica el
médico. Sin embargo, las madres
trabajadoras, que tienen que presentarse a laborar no tienen con quién dejar a
su menor enfermo.
Por ello la legisladora presentó su
iniciativa, que fue enviada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para su
análisis y dictamen, con el propósito de brindar los cuidados maternos que
requieren los menores en los casos de enfermedad.
La
legisladora propuso el derecho de las madres
trabajadoras al servicio del Gobierno del Estado y sus Municipios, para
tener permiso con goce de sueldo hasta por doce días al año, ya sea de forma
continua o discontinua, para el cuidado de sus hijos menores de hasta 12 años
de edad.
Para ello
deberán presentar en el centro de trabajo, la acreditación de la enfermedad del
menor, la cual debe ser expedida por la institución de seguridad social a la
cual se encuentre afiliada la trabajadora.
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