· Tendrá personalidad jurídica y patrimonio propio y
manejará información para establecer un programa sobre inventarios biológicos
de la entidad.
Con el
objetivo de contribuir al estudio de la biodiversidad en el estado y crear
planes y programas para su protección, conservación y aprovechamiento
sustentable, fue aprobada por unanimidad en sesión ordinaria, la creación del
organismo público descentralizado del gobierno del estado de Morelos, denominado
Comisión Estatal de Biodiversidad (COESBIO).
El
dictamen con proyecto de decreto fue presentado por las comisiones unidas de
Medio Ambiente y Agua y Recursos Naturales, encabezadas por los diputados
Griselda Rodríguez Gutiérrez y Edmundo Javier Bolaños Aguilar.
El
legislador Javier Bolaños, dijo que este organismo público descentralizado
contribuirá al estudio de la biodiversidad en el estado y citó a la Comisión Nacional para el Conocimiento y uso de la
Biodiversidad (CONABIO), como un referente apropiado; indicó que Morelos
requiere un organismo similar que pueda compactar las políticas públicas en la
materia.
Puntualizó
que en los años 2003 y 2006 se publicaron en la entidad el Estudio de Estado y
la Estrategia Estatal de Biodiversidad, que son los documentos rectores sobre
el manejo y rescate de los recursos bióticos, lo que ubica a Morelos como la
primera entidad del país en contar con ellos y convertirse en referente nacional.
El presidente de la Comisión de Agua y Recursos
Naturales, Javier Bolaños, indicó que según datos de la Ceama, Morelos es
considerado como un territorio basto en biodiversidad, ya que alberga 10% de la
flora de México, 5% de las especies de anfibios, 33% de las especies de aves,
14% de las especies de reptiles, 21% de e las especies de mamíferos y el 4% de
los peces de agua dulce.
Asimismo,
indicó que la COESBIO tendrá
personalidad jurídica y patrimonio propio, y entre sus facultades se
encontrará generar, compilar y manejar información para el establecimiento de
un programa sobre inventarios biológicos de la entidad; y elaborar y proponer
al titular del Ejecutivo para su publicación, la estrategia estatal de
biodiversidad.
De
igual manera, participar con asesoría e información en la elaboración,
modificación y actualización en los programas de ordenamiento ecológico de
territorio del estado y los municipios, así como celebrar convenios con la
federación sobre la transferencia, manejo y uso de organismos genéticamente
modificables en la entidad, que puedan
tener un efecto adverso en la biodiversidad, entre otros.
Sobre
la dirección y administración de la COESBIO, el Capítulo IV en su artículo 6
del dictamen presentado, indica que
estará a cargo de la Junta de Gobierno, la Dirección General y el Consejo
Técnico Consultivo, asimismo, el artículo 12 refiere que su director
general será nombrado y removido por el
gobernador del estado.
En lo
particular, el documento fue enriquecido por el diputado Fernando Guadarrama
Figueroa, quien se reservó para su discusión el texto contenido en el artículo
4, en su fracción XVI, ya que
establecía la vinculación con la
Ley de los Organismos Auxiliares de la Administración Pública del Estado de
Morelos, que fue abrogada por esta Legislatura en fecha 26 de septiembre del
año en curso e incorporando sus disposiciones a la actual Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Morelos.
De igual manera, propuso modificar la
integración del órgano de gobierno, a fin de no cometer una invasión de
competencias entre los poderes públicos y
que el Poder Legislativo se ajuste estrictamente al orden legal, para lo
cual sometió a consideración el texto contenido en el artículo 7 donde se establece la conformación de la
Junta de Gobierno de la COESBIO, integrada por los titulares de las Secretarías
de Desarrollo Sustentable, Hacienda y Contraloría, así como de la Comisión
Estatal de Agua y la Consejería Jurídica.
Argumentó
que en términos de lo dispuesto
por el artículo 54 de la actual Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Morelos, corresponde al gobernador del estado presidir
todos los órganos de gobierno de los organismos públicos descentralizados,
facultad que puede delegar en un representante, para lo cual se requiere
acuerdo expreso.
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