· Es necesario evitar el exceso y garantizar el respeto
a los derechos humanos, señala la diputada Rosalina Mazari Espín.
La
diputada Rosalina Mazari Espín presentó ante el Pleno del Congreso morelense
una iniciativa de Ley para Regular el uso de la Fuerza por parte de los
Elementos de las Instituciones Policiales del Sistema de Seguridad Pública de
la entidad, y destacó la urgencia un ordenamiento que contenga los principios,
reglas, condiciones y requisitos para que el Estado pueda legítimamente
aplicarla.
Durante
la pasada sesión ordinaria dijo que se debe hacer valer la preservación del
orden público, mantener la paz y la seguridad, así como proteger los derechos
humanos ya que “nuestro estado necesita evitar el exceso y organizar bien el
uso de la fuerza pública, es urgente avanzar y lograr las reformas
legislativas, acuerdos administrativos y protocolos que hagan realidad el uso
racional del poder físico institucional”.
Citó
algunos de los instrumentos internacionales donde nuestro país forma parte como
la resolución 34/169 adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas,
sobre el Código de Conducta para Funcionarios encargados de hacer cumplir la
ley, que “podrán usar la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la
medida que lo requiera el desempeño de sus tareas”; asimismo no podrán
infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o penas
crueles, inhumanas o degradantes.
Por
otro lado, dijo que la Comisión Nacional de los Derechos humanos, en su
Recomendación General 12/2006 sobre el uso ilegítimo de la fuerza y de las
armas de fuego por los funcionarios o servidores públicos encargados de hacer
cumplir la ley, ha establecido principios comunes y esenciales como la
legalidad, la congruencia, la oportunidad y la proporcionalidad.
Mazari
Espín agregó que el Artículo 21 de nuestra Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos establece principios en la materia de seguridad pública como
son de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez, y la Ley General del
Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el Artículo 41, último párrafo,
dispone que “siempre que se use la fuerza pública se hará de manera racional,
congruente, oportuna y con respeto a los derechos humanos”, de manera similar
dicta la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Morelos, en el
Artículo 101, último párrafo.
Destacó
durante la sesión celebrada el pasado 2 de mayo del presente, que el pleno del
Senado solicitó a los congresos de los estados que no cuenten con una ley en la
materia, legislen al respecto y a las entidades que ya la tienen, que la
revisen para verificar si cumplen con los estándares internacionales.
La
iniciativa presentada, establece las circunstancias y principios para el uso
legítimo de la fuerza, para precisar los principios de legalidad, racionalidad,
necesidad, proporcionalidad, congruencia, oportunidad, eficiencia,
profesionalismo y honradez; asimismo, niveles en el uso legítimo de la fuerza
para desglosar que el escalonamiento abarca la presencia disuasiva, la
persuasión verbal, el control físico, la utilización de fuerza no letal y la
utilización de la fuerza letal.
Dicha
propuesta aborda también el uso legítimo de la fuerza en los casos de
emergencias o desastres y en el Capítulo VI el uso legítimo de la fuerza en los
casos de manifestaciones, precisando en ambos las particularidades y condiciones
que pueden presentarse, así como el uso de la fuerza en los casos de detención,
para precisar las condiciones que en estas circunstancias deben darse, entre
otras disposiciones.
La
legisladora Rosalina Mazari puntualizó que se pretende dotar a nuestra entidad federativa
de todo un ordenamiento específico que se encargue de manera particular de
regular el empleo de la fuerza del Estado, para garantizar que su uso sólo se
haga en los casos estrictamente necesarios, de manera racional, así como
proporcional al riesgo.
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