- Buscan crear una
instancia que atienda las necesidades de los centros comerciales dentro de
los estándares de seguridad y sanidad.
Con
el propósito de atender y regular las condiciones y necesidades de estos
centros comerciales, el diputado coordinador del Grupo Parlamentario del
Partido de la Revolución Democrática (GPPRD), Juan Ángel Flores Bustamante
presentó una iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley
de Mercados del Estado de Morelos.
Dicha
modificación, que integra un Capítulo a la Ley, busca realizar un trabajo
conjunto entre los comerciantes, las autoridades municipales y estatales y los
representantes populares, para que de esta manera se logre brindar un mejor
servicio en los mercados públicos dentro de los estándares de seguridad y
sanidad.
Durante
la pasada sesión ordinaria fue presentado el documento que destaca que se
requiere de implementar medidas de prevención y de tratamiento para los
desechos que a diario surgen por el corto tiempo de vida de algunos productos
que se expenden en los mercados, por lo que es necesario contar con un programa
de desechos orgánicos e inorgánicos para seleccionar.
Ello
permitirá recolectar la basura de manera adecuada en los mercados, lo que
reducirá la presencia de insectos y roedores, mismos que se pueden evitar y
controlar su propagación para que no se conviertan en plagas que contaminen las
mercancías y como consecuencia dañen la salud del consumidor.
La
iniciativa que fue enviada a comisiones para su análisis y dictamen, resalta
que es urgente que las autoridades correspondientes establezcan programas
permanentes de fumigación con el propósito de mantener limpio cada mercado y
sin riesgo de provocar epidemias.
Reconoce
que en la mayoría de los mercados, por desidia e irresponsabilidad de diversas
autoridades, los servicios de agua, luz y las conexiones de gas se han
instalado de manera improvisada sin el resguardo de la autoridad competente
para evitar accidentes y pérdida de productos en perjuicio de los usuarios y de
los propios comerciantes.
De
ahí la necesidad de regular e implementar medidas de prevención, bajo el
cuidado y tratamiento en materia de protección civil para asegurar el bienestar
y la integridad de las personas que acuden a los mercados y de los propios
comerciantes que diariamente están en sus establecimientos prestos a ofrecer
sus productos.
Eso
implica también la necesidad de realizar un trabajo conjunto, un equipo en
donde participen los comerciantes, las autoridades municipales y estatales y
los representantes populares, para de esta manera brindar un mejor servicio en
los mercados públicos dentro de los estándares de seguridad y sanidad.
La
iniciativa presentada por el también presidente de la Junta Política y de
Gobierno, contempla la adición del Capitulo
XI denominado “De las medidas de
regulación, fomento sanitario y protección civil”, con los artículos 62 al
66 de la Ley de Mercados del Estado de Morelos, quedando de la siguiente
manera:
Artículo 62.- Se crea la Comisión Interinstitucional de Sanidad y Protección Civil,
con el propósito de brindar atención y asesoría adecuada para implementar
medidas preventivas de sanidad, seguridad y protección civil en los mercados
del estado de Morelos.
Artículo 63.- La Comisión Interinstitucional de Sanidad y Protección Civil es un
órgano integrado por: 1. Regidores de Mercados y Salud del Ayuntamiento; 2. Un
representante de la Administración del Mercado; 3. Un representante de las
Uniones y Asociaciones de Comerciantes y Locatarios de diferentes ramos; 4. Un
representante de comerciantes y locatarios; 5. Representante del Instituto de
Protección Civil; 6. Representante de la Secretaría de Salud y un representante
del Organismo Operador del Agua Potable Municipal. Los cuales tendrán derecho a
voz y voto, a sus sesiones podrán asistir representantes del sector público,
social y privado, los cuales sólo tendrán derecho a voz. Todos los cargos
dentro de esta Comisión tendrán carácter honorífico.
Los
artículos 64, 65 y 66 consideran las atribuciones de dicha Comisión, así como
el establecimiento de una Coordinación General y sus respectivas atribuciones.
También, que esta instancia deberá ser instalada en cada uno de los 33
municipios de la entidad por el ayuntamiento correspondiente.
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