miércoles, 8 de mayo de 2013

PROPONEN MODIFICACIONES A LA LEY DE MERCADOS DEL ESTADO DE MORELOS


  • Buscan crear una instancia que atienda las necesidades de los centros comerciales dentro de los estándares de seguridad y sanidad.
Con el propósito de atender y regular las condiciones y necesidades de estos centros comerciales, el diputado coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (GPPRD), Juan Ángel Flores Bustamante presentó una iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley de Mercados del Estado de Morelos.


Dicha modificación, que integra un Capítulo a la Ley, busca realizar un trabajo conjunto entre los comerciantes, las autoridades municipales y estatales y los representantes populares, para que de esta manera se logre brindar un mejor servicio en los mercados públicos dentro de los estándares de seguridad y sanidad.

Durante la pasada sesión ordinaria fue presentado el documento que destaca que se requiere de implementar medidas de prevención y de tratamiento para los desechos que a diario surgen por el corto tiempo de vida de algunos productos que se expenden en los mercados, por lo que es necesario contar con un programa de desechos orgánicos e inorgánicos para seleccionar.

Ello permitirá recolectar la basura de manera adecuada en los mercados, lo que reducirá la presencia de insectos y roedores, mismos que se pueden evitar y controlar su propagación para que no se conviertan en plagas que contaminen las mercancías y como consecuencia dañen la salud del consumidor.

La iniciativa que fue enviada a comisiones para su análisis y dictamen, resalta que es urgente que las autoridades correspondientes establezcan programas permanentes de fumigación con el propósito de mantener limpio cada mercado y sin riesgo de provocar epidemias.

Reconoce que en la mayoría de los mercados, por desidia e irresponsabilidad de diversas autoridades, los servicios de agua, luz y las conexiones de gas se han instalado de manera improvisada sin el resguardo de la autoridad competente para evitar accidentes y pérdida de productos en perjuicio de los usuarios y de los propios comerciantes.

De ahí la necesidad de regular e implementar medidas de prevención, bajo el cuidado y tratamiento en materia de protección civil para asegurar el bienestar y la integridad de las personas que acuden a los mercados y de los propios comerciantes que diariamente están en sus establecimientos prestos a ofrecer sus productos.

Eso implica también la necesidad de realizar un trabajo conjunto, un equipo en donde participen los comerciantes, las autoridades municipales y estatales y los representantes populares, para de esta manera brindar un mejor servicio en los mercados públicos dentro de los estándares de seguridad y sanidad.

La iniciativa presentada por el también presidente de la Junta Política y de Gobierno, contempla la adición del Capitulo XI denominado “De las medidas de regulación, fomento sanitario y protección civil”, con los artículos 62 al 66 de la Ley de Mercados del Estado de Morelos, quedando de la siguiente manera:

Artículo 62.- Se crea la Comisión Interinstitucional de Sanidad y Protección Civil, con el propósito de brindar atención y asesoría adecuada para implementar medidas preventivas de sanidad, seguridad y protección civil en los mercados del estado de Morelos.

Artículo 63.- La Comisión Interinstitucional de Sanidad y Protección Civil es un órgano integrado por: 1. Regidores de Mercados y Salud del Ayuntamiento; 2. Un representante de la Administración del Mercado; 3. Un representante de las Uniones y Asociaciones de Comerciantes y Locatarios de diferentes ramos; 4. Un representante de comerciantes y locatarios; 5. Representante del Instituto de Protección Civil; 6. Representante de la Secretaría de Salud y un representante del Organismo Operador del Agua Potable Municipal. Los cuales tendrán derecho a voz y voto, a sus sesiones podrán asistir representantes del sector público, social y privado, los cuales sólo tendrán derecho a voz. Todos los cargos dentro de esta Comisión tendrán carácter honorífico.

Los artículos 64, 65 y 66 consideran las atribuciones de dicha Comisión, así como el establecimiento de una Coordinación General y sus respectivas atribuciones. También, que esta instancia deberá ser instalada en cada uno de los 33 municipios de la entidad por el ayuntamiento correspondiente.

No hay comentarios:

Publicar un comentario