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El
diputado Manuel Martínez Garrigós presentó iniciativas para modificar los
requisitos que debe cumplir el titular de la Auditoría Superior de
Fiscalización.
El
diputado Manuel Martínez Garrigós presentó en sesión ordinaria diversas
iniciativas que reforman las leyes estatales de Fiscalización Superior,
Orgánica del Congreso y la Constitución Política, con el objetivo de establecer requisitos más rígidos para el
nombramiento del titular de la Auditoría Superior de Fiscalización (ASF) y
garantizar la transparencia e imparcialidad requeridas.
En su
planteamiento de reformar el artículo 14 de la Ley de Fiscalización Superior
del Estado, señaló que “quienes
integramos el Congreso tenemos la responsabilidad de dar certeza, legalidad,
independencia, imparcialidad y objetividad a la ASF”, por lo que debemos
“observar que el titular de esta institución no tenga ninguna filiación
partidista o relación con grupos de poder, que den pie a suspicacias”.
Destacó que
el titular de dicha oficina debe ser un profesional competente, a fin de que
proceda conforme a la norma, criterio y rigor profesional más estrictos en la
realización de sus tareas, “ya que la fiscalización es uno de los instrumentos
que tiene el país para contribuir a la mejora de la acción gubernamental y
generar la confianza de la sociedad”.
Martínez
Garrigós indicó que el artículo 14 del ordenamiento en cuestión, establecería
entre sus requisitos para ser auditor superior, que el aspirante deberá tener
licenciatura en las carreras de contaduría pública, derecho o administración,
con título y cédula profesional; no haber sido nunca en su desempeño
profesional inhabilitado de empleo, cargo o comisión mediante procedimiento de
responsabilidad administrativa. Asimismo, no haber sido dirigente nunca de
algún partido político, no haber ejercido cargo de representación popular, ya
sea federal, estatal o municipal, y no ser ministro de culto religioso.
En la
fracción VI del mismo artículo en la mencionada Ley de Fiscalización Superior,
señala que el aspirante deberá tener como mínimo cinco años de experiencia
laboral en áreas, dependencias y organismos descentralizados del gobierno
federal, estatal o municipal, en materia de fiscalización, transparencia o
rendición de cuentas; control y de auditoría financiera y de responsabilidades.
Para
establecer con rigor los aspectos relacionados con el perfil del aspirante a
ocupar el cargo de titular de la ASF, Martínez Garrigós propuso se adicione un
primer párrafo y se cree un segundo al artículo 100 de la Ley Orgánica del
Congreso del Estado de Morelos, donde subraya los requisitos exigibles.
También
expone la necesidad de reformar la fracción XLIV del artículo 40 y adicionar un
párrafo segundo al apartado B del artículo 84, ambos de la Constitución
Política estatal, encaminadas a la referida designación del titular de la ASF,
para precisar los requisitos y que el nombramiento del Auditor se realice por
mayoría calificada de los diputados, suprimiendo del texto constitucional la
palabra “presentes”, con el que se refiere al número de diputados que haya en
la sesión y no al total de los miembros del Congreso.
En su
paquete de propuestas, Martínez Garrigós subrayó que es evidente que en Morelos la integración del órgano de
fiscalización está partidizada en perjuicio de la neutralidad, imparcialidad,
autonomía y probidad con que debe actuar quien ostente ese cargo; por lo cual,
es necesario ajustar la legislación vigente, con la finalidad que el órgano
fiscalizador se compagine con su esencia original.
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