- La diputada Rosalina Mazari Espín presentó una iniciativa de
reforma a diversos artículos de la Ley Estatal de Fauna.
La diputada Rosalina
Mazari Espín presentó una iniciativa de reforma a diversos artículos de la Ley
Estatal de Fauna para aplicar mayores sanciones por maltrato animal y atención
a la fauna vulnerable.
El documento
contempla sanciones más severas en la Ley citada, ya que actualmente las multas
que se consideran son mínimas (sesenta días de salario mínimo vigente en el
estado) y no define el destino del recurso obtenido.
La legisladora
durante el uso de la tribuna señaló que el problema de la crueldad contra los
animales no deja de ser de carácter cultural, razón por la cual se considera
que la implementación de sanciones más severas podría ser útil para generar una
cultura de legalidad, que sea más acorde con los tiempos actuales, en los que
los índices de violencia –de todo tipo- van en aumento.
Mazari Espín
indicó que el maltrato o crueldad hacia los animales suele ser minimizado, pero
en realidad por la implicación de indiferencia hacia el respeto a la vida, se
trata de una forma inicial de violencia que puede evolucionar hacia dirigirse
contra otros seres humanos, por lo que se busca combatirla integralmente, a fin
erradicar el maltrato a todo ser vivo, con sanciones más severas al maltrato
animal.
Del mismo modo,
la diputada dijo que se plantea la reforma que busca, con sanciones más
severas, inhibir las infracciones a la Ley Estatal de Fauna y destinar los
recursos obtenidos a fondos específicos para proteger a los animales, evitar su
maltrato y la violencia contra ellos, porque tenemos el deber y responsabilidad
de su bienestar.
Asimismo, en
dicho instrumento parlamentario se contempla a la Secretaria de Desarrollo
Sustentable (SDS) como la encargada de aplicar las disposiciones establecidas
en la Ley, en sustitución a la extinta Comisión Estatal del Agua y Medio Ambiente,
así como el incremento de multas que vayan desde los 10 a 250 días de salario
mínimo vigente; arresto administrativo hasta por 36 horas; suspensión o
revocación de las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones
correspondientes que haya otorgado la autoridad competente; clausura temporal o
definitiva, parcial o total de las instalaciones o sitios donde se desarrollen
los actos sancionados por esta Ley.
En el mismo
sentido se considera entre las sanciones que el arresto administrativo podrá
ser conmutado por trabajo comunitario, a criterio de la autoridad sancionadora,
en actividades de conservación de los animales, dependiendo del grado de daño o
violencia.
En la propuesta
se considera que los ingresos que se obtengan por concepto de multas por infracciones
a lo dispuesto en la Ley se destinarán a la integración de fondos para
desarrollar programas y actividades vinculados con la protección y cuidado de
los animales. La iniciativa de reforma fue turnada a la Comisión de Puntos
Constitucionales y Legislación para su análisis y dictamen.
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