- Tiene por objetivo hacer operante la recién creada Fiscalía General del Estado.
- La ley dota a la institución de la capacidad para atender sus nuevas encomiendas, tratándose de concurrencia, en delitos tipificados por la legislación federal
De manera
unánime fue aprobada la Ley Orgánica de la recién creada Fiscalía General del
estado, en la que se prevén las funciones de investigación y persecución de los
delitos, así como la relativa a la representación social del Ministerio Público
ante las diferentes autoridades de
jurisdicción y administrativas.
La Fiscalía General tendrá la tarea
de realizar las funciones del Ministerio Público, con auxilio de la policía
ministerial, que estará bajo su autoridad y mando inmediato, así como de las
instancias policiales, de seguridad pública y privada, de acuerdo con lo que
establezcan las leyes; el Ministerio Público ya no estará obligado a tratar de
demostrar que el acusado es necesariamente el culpable, sino que ante todo está
obligado a buscar la verdad.
La Ley Orgánica
de la Fiscalía procurará el eficaz ejercicio y funcionamiento del Ministerio
Público, al fortalecerlo como un acusador, en igualdad de circunstancias con la
defensa, con el fin de lograr equilibrio entre las partes; su objeto es dirigir
la investigación de los hechos que la ley señale como delitos; ejercitar la
acción penal y formular la acusación ante tribunales; así como adoptar medidas
para proteger a las víctimas y testigos, conforme a lo previsto por las leyes.
Por su parte, la coordinadora de los
legisladores del Partido de la Revolución Democrática, Lucía Meza Guzmán, desde
la tribuna pidió a sus homólogos el voto aprobatorio para dar vida a la
Fiscalía General, resaltó las bondades de la Ley Orgánica que regirá a la
institución a fin de dar certeza laboral al personal de la misma y garantías a
los ciudadanos, al no dejar facultades discrecionales a ninguno de los
funcionarios evitando el abuso de poder.
Mientras tanto, al fijar postura por
el Grupo Parlamentario del PRI, su homólogo José Manuel Agüero Tovar recalcó
que el nuevo fiscal y los ministerios públicos deberán cumplir con ciertas
condiciones como: voluntad, transparencia, capacidad, constancia, deseo de
servicio, pluralidad y eficacia, que aunque son requisitos no escritos son la
base para que la Fiscalía no sea letra muerta. Señaló que el Legislativo está
haciendo su trabajo, pero la responsabilidad de garantizar seguridad al estado
sigue siendo del gobernador.
De este modo, al aprobar la nueva Ley los legisladores hicieron énfasis
en el trabajo de los servicios periciales, como parte del proceso de
investigación de la Fiscalía General del Estado, los cuales deberán asegurar
que el elemento que pretende hacerse valer como prueba en juicio, sea
efectivamente el que fue recaudado o practicado y que su integridad no ha sido
sustituida o alterada a lo largo del proceso penal, que en su caso derive del
ejercicio de la acción persecutoria.
La ley contempla la creación de una Unidad de Solución de Controversias, que deberá
prestar de forma gratuita los servicios de información, de orientación y de
aplicación de los mecanismos alternativos, a través de los facilitadores
institucionales con los que cuente la dependencia, mismos que deberán estar
certificados y registrados por el Centro Estatal de Solución de Controversias
del Poder Judicial del Estado de Morelos.
Se establece el Servicio de Carrera
de la Fiscalía General del Estado, con el objeto de aumentar la eficacia de los
servicios y garantizar la igualdad de oportunidades laborales, estabilidad,
permanencia, remuneración adecuada, capacitación y garantías de seguridad
social para el servidor público integrante de dicha institución; además se
señalan las reglas generales para la selección, ingreso, formación,
reconocimiento y certificación de los fiscales investigadores, los peritos y
los facilitadores.
En
el Capítulo II de las Funciones del Ministerio Público, enmarca las facultades
del MP en materia de delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo,
secuestro, trata de personas, y señala además en su artículo 16 que el
Ministerio Público podrá actuar en ejercicio de sus funciones, en cualquier
lugar del Estado o en otra entidad federativa, conforme a los convenios de
colaboración respectivos.
La Ley contempla en su Capítulo XIII las Técnicas de
Investigación y la Cadena de Custodia para el desarrollo de la investigación de
los delitos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro,
trata de personas, feminicidio y extorsión, y otros dispuestos en la ley
normativa aplicable.
No hay comentarios:
Publicar un comentario