jueves, 10 de octubre de 2013

APRUEBAN REFORMAS PARA REGISTRO DE CANDIDATURAS INDEPENDIENTES

·         Diputados atienden exhorto del Congreso de la Unión relativo a la tipificación del feminicidio en la legislación local.

La LII legislatura aprobó la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para permitir el registro de candidaturas independientes, así como un punto de acuerdo para responder al llamado del Congreso de la Unión relativo a tipificar el feminicidio en la legislación local.

Durante la sesión ordinaria de esta semana y durante el apartado de asuntos de Primera Lectura, ambos casos enviados por el Congreso General fueron conocidos por el Pleno legislativo, que en primera instancia los votó como de urgente y obvia resolución, por lo que fueron discutidos y sometidos a votación, que resultó aprobatoria, durante la misma sesión.
En funciones de Constituyente Permanente, por un lado el Congreso de Morelos aprobó el dictamen emitido por la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación sobre la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el inciso e) y se adiciona un inciso o) de la fracción IV del artículo 116; y se reforma el artículo 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, inciso f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, enviada por la Cámara de Diputados del Congreso General.
El documento, recibido el19 de septiembre del año en curso mediante oficio número DGPL 62-II-5-935, fue remitido a la comisión citada durante la sesión ordinaria concluida el 2 de octubre de este año y su dictamen especifica que dicha reforma a la Constitución permite las candidaturas independientes para que estas sean aplicables en los Estados.
Se indica que permite disolver la antinomia existente entre los artículos 35, fracción II y 116, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en virtud de que el primer precepto se establece como un derecho de los ciudadanos, el poder solicitar su registro ante la autoridad electoral como candidatos de manera independiente, en tanto que en el segundo de los preceptos referidos, este derecho se encuentra limitado, toda vez que en el ámbito local, solo los partidos políticos tienen reconocido el derecho para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular.
Por otra parte, el Congreso aprobó también el dictamen emanado de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Legislación, de Justicia y Derechos Humanos y de Equidad de Género, inherente al punto de acuerdo enviado por la Cámara de Senadores, en cumplimiento al exhorto por el que se le requiere a los Congresos de las entidades federativas que aún no han regulado en su legislación sustantiva penal el tipo de feminicidio, para que en el ámbito de sus respectivas competencias procedan a adecuar sus legislaciones en la materia, haciendo para tales efectos del conocimiento de la Cámara de Senadores del Congreso General, que en la legislación sustantiva penal del estado de Morelos ya se encuentra regulado el tipo penal materia del exhorto.


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