viernes, 11 de octubre de 2013

INICIATIVA DE REFORMA A FAVOR DE LOS DERECHOS DE INDÍGENAS

·         Plantea modificar el Código Familiar a fin de que, cuando así lo requieran, les sean expedidas actas de nacimiento en su lengua.

La diputada Erika Hernández Gordillo presentó una iniciativa de reforma a los artículos 423 y 428 del Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos, con el fin de preservar los derechos de todos los morelenses, así como de las personas indígenas, en la expedición de las formas de las actas del Registro Civil, las cuales puedan ser en lengua indígena.
La iniciativa presentada por la diputada coordinadora de la Fracción Parlamentaria del Partido Nueva Alianza, pretende que tanto la expedición de las formas del Registro Civil como las copias certificadas deban hacerse, además, en la lengua indígena de que sea hablante la persona perteneciente a un pueblo indígena, si ésta así lo pidiera, preservando en todo momento los nombres, apellidos ancestrales y tradicionales, conforme a sus sistemas normativos.

Dentro de la exposición de motivos destacó que de acuerdo al Consejo Estatal de Población de Morelos, en el 2005 el porcentaje de la distribución de habitantes de lengua indígena por grupos de edad fue: de 5 a 14 años 13.3 %; de 15 a 29 años 23.6 %; de 30 a 64 años 50.4%; de 65 en adelante 12.8%. Mientras que de acuerdo a los datos del INEGI las lenguas indígenas más habladas son náhuatl, mixtecas y zapotecas.
En Morelos los pueblos indígenas se encuentran dispersos en seis municipios y son alrededor de 35 las comunidades que se concentran principalmente en Hueyapán, municipio de Tetela del Volcán; Tetelcingo, de Cuautla; Santa Catarina, de Tepoztlán; Cuentepec, de Temixco; y Xoxocotla, de Puente de Ixtla.
El documento refiere que por ello se busca preservar los pocos dialectos con que cuenta nuestro Estado, y al mismo tiempo garantizar que los derechos de las comunidades indígenas morelenses, sean respetados en cualquier acto relativo al estado civil de las personas.
Con la citada iniciativa se logrará que los pobladores indígenas tengan la seguridad de que sus derechos de certeza y seguridad jurídica sean espetados, ya que como mexicanos les son concedidos por los artículos 14 y 16 de la Carta Magna.
Dicho instrumento parlamentario contempla la adición de un séptimo párrafo al artículo 423, recorriéndose en su orden el subsecuente; y un segundo párrafo al artículo 428, ambos del Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos.
Las modificaciones establecen que aquellos casos de personas pertenecientes a los pueblos indígenas, las actas deberán extenderse, si así lo solicitaran, en la lengua indígena de la que sea hablante el solicitante, preservando en todo momento los nombres, apellidos ancestrales y tradicionales, conforme a sus sistemas normativos.
La iniciativa fue remitida por el presidente de la Mesa Directiva, Juan Ángel Flores Bustamante, a la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación, para su análisis y dictamen.


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