- El diputado Javier Bolaños Aguilar señaló la
obligación de proceder con políticas de cero tolerancia a este tipo de
delitos.
El
diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar planteó aumentar la penalización en el
delito de abuso sexual cometido en menores, ya que en su persecución y castigo
las autoridades y la sociedad “estamos obligados a proceder con políticas de
cero tolerancia, que pongan de manifiesto nuestro compromiso con la salud
mental y física de todos los menores de Morelos”.
Durante
la sesión ordinaria realizada este día, señaló que es necesario reformar el
Código Penal para el Estado de Morelos, ya que la violencia sexual contra las
niñas y los niños atenta contra sus derechos fundamentales y es un acto que
merece la condena unánime de la sociedad, ya que no son juguetes sexuales y su
inocencia no debe estar en venta para nadie y por ningún motivo.
En
tribuna, puntualizó: “Ningún esfuerzo será menor en esta materia, nuestra
realidad y diversos estudios sociales acreditan que el abuso sexual de menores
es una conducta presente que no distingue posición económica, nivel cultural, y
ocurre tanto en los planteles educativos como en el seno familiar, bajo
diversas formas que la Ley distingue como actos eróticos”.
El
también coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, dijo
que los daños ocasionados por el abuso sexual a menores, constituyen un
problema de salud pública mundial, pues según cifras del Fondo de las Naciones
Unidas para la Infancia (UNICEF), cada hora 228 chicos son víctimas de abuso en
el mundo y se estima que la cifra es parcial o no refleja la realidad totalmente,
debido a que muchos de ellos nunca llegan a presentar denuncia por tener miedo
o vergüenza.
Citó también datos de la Organización Mundial de
la Salud (OMS), que calcula anualmente que alrededor de 73 millones de niños y
150 millones de niñas menores de 18 años sufren algún tipo de violencia sexual,
quienes tienen que enfrentar daños físicos, psicológicos y sociales de corto y
largo plazo,
que involucran también a sus familias y comunidades, además del estigma, la
discriminación y las dificultades en la escuela.
Agregó
que el componente sexual de esta forma de maltrato hace que su detección, la
revelación e incluso la persecución de este tipo de delitos sean mucho más
difíciles y que el Código Penal no prevé multas que puedan destinarse para la
reparación del daño a las víctimas, por lo que consideró procedente agregar al
texto vigente dicha hipótesis, que además tiene apoyo en la práctica
establecida en más de 15 de las legislaciones de los Estados de la República.
La
iniciativa proyecta reformar el artículo 162 del Código Penal del Estado de
Morelos, para indicar: “Al que sin
propósito de llegar a la cópula ejecute un acto erótico sexual en persona menor
de edad, o que no tenga capacidad de comprender, o que por cualquier causa no
pueda resistir dichos actos, o la obligue a ejecutarlos, se le impondrá una
pena de ocho a doce años de prisión y
multa de 150 a 400 salarios mínimos. Esta sanción se incrementará hasta en
una mitad más cuando se empleare violencia física.
“Si el sujeto activo convive con el pasivo
con motivo de su familiaridad, de su actividad docente, como autoridad o
empleado administrativo en algún centro educativo o de asistencia social, se le
impondrá una pena de ocho a catorce años
de prisión y multa de 150 a 600 salarios mínimos además, en el caso de
prestar sus servicios en alguna institución pública, se le destituirá e
inhabilitará en el cargo por un término igual a la prisión impuesta; en caso de
reincidencia, la inhabilitación será definitiva”.
Durante
la exposición de la iniciativa, que fue turnada a la Comisión de Puntos
Constitucionales y Legislación para su análisis y dictamen, Bolaños Aguilar
dijo que “la prevención y acción frente al abuso sexual cometido en menores de
edad es una tarea ineludible de los padres de familia, de las autoridades, de
los operadores del sistema escolar, de la comunidad y desde luego de quienes
legislamos”.
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