- La diputada Lucía Meza Guzmán presentó una iniciativa que reforma el artículo 42 de la Ley del Servicio Civil.
La diputada
Lucía Meza Guzmán presentó una iniciativa de reforma al artículo 42 de la Ley
del Servicio Civil del Estado de Morelos, con el propósito de eliminar el pago
de aguinaldo a los titulares de organismos autónomos.
El
documento que se hizo del conocimiento de los diputados de la LII Legislatura
durante la pasada sesión ordinaria, señala que tales funcionarios encuadran en
las condiciones que señala el párrafo segundo del artículo en comento, por lo
que es procedente proponer que se les incluya entre aquellos a quienes no se
debe cubrir pago alguno por concepto de aguinaldo.
De esa
manera, la legisladora presidenta de la Mesa Directiva e integrante del Grupo
Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, propone que sean
incluiso en el párrafo segundo y entre quienes no deben recibir aguinaldo, el Consejero Presidente y los Consejeros
Electorales del Instituto Morelense de Procedimientos Electorales y
Participación Ciudadana, el Consejero Presidente y los Consejeros del Instituto
Morelense de Información Pública y Estadística, y el Presidente de la Comisión
Estatal de Derechos Humanos.
La
iniciativa explica que el artículo citado, que se refiere al aguinaldo para los
trabajadores al servicio de Gobierno del Estado o de los Municipios, fue
adicionado el 31 de julio de 2013 mediante el Decreto No. 208 publicado en el
Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 5108.
Ese segundo
párrafo señala: Dado que por la
naturaleza de su función, al ser depositarios de un poder u ostentar la
representación de un organismo y por carecer de la condición de subordinación,
quedan excluidos para gozar de esta prerrogativa de Ley, el Gobernador, los
Magistrados Numerarios, Supernumerarios e integrantes del Consejo de la
Judicatura del Tribunal Superior de Justicia, los Magistrados integrantes del
Tribunal Contencioso Administrativo y del Tribunal Unitario de Justicia para
Adolescentes, así como los Magistrados integrantes del Tribunal Estatal
Electoral; los Diputados locales, los Presidentes Municipales, Síndicos y Regidores integrantes de los 33 Cabildos de la Entidad,
los Titulares de las Dependencias que integran la Administración Pública
Paraestatal y Paramunicipal.
Y
argumenta: “De la simple redacción del párrafo antes citado, la suscrita
considera que deberán ser incluidos en dicha excepción para no recibir
aguinaldo, los titulares de los Organismos Autónomos que existen en el Estado
de Morelos”, ello por “ostentar la representación de un organismo y por carecer
de la condición de subordinación”.
La
iniciativa fue enviada a la Comisión de Trabajo, Previsión y Seguridad Social,
para su análisis y dictamen.
No hay comentarios:
Publicar un comentario