viernes, 4 de octubre de 2013

PLANTEAN REFORMA A FAVOR DE PERSONAL POLICIAL Y DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA

  • Busca el diputado Isaac Pimentel Rivas que se respeten sus Derechos Humanos y el Debido Proceso con relación a exámenes de control y confianza.
El diputado Isaac Pimentel Rivas presentó una iniciativa para modificar el artículo 68 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Morelos, a fin de positivar el respeto a los Derechos Humanos y el Debido Proceso de los agentes del Ministerio Público, los peritos y los miembros de instituciones policiales del Estado y de los Municipios,
Durante la sesión ordinaria que inició el 25 de septiembre y concluyó el miércoles pasado, el legislador hizo uso de la tribuna para poner a consideración del Pleno este instrumento parlamentario, en el que al referirse a las reformas al Artículo 123 fracción XIII, de fecha 18 de junio del 2008, en la que se introdujeron por vez primera los llamados “Exámenes de Control y Confianza”, dijo que según la ley, éstos deben hacerse con estricto apego al respeto de los derechos humanos y la dignidad de las personas valoradas durante los procesos que operen los centros evaluación de las instituciones de seguridad pública.

“Contrario a ello,  en dichas evaluaciones se denigra la integridad de los elementos de seguridad y se les somete a interrogatorios y procesos similares a una tortura”, al proponer, por ello, una la adición al segundo párrafo al artículo 68 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Morelos, en los siguientes términos.
“…Artículo *68.- Las relaciones jurídicas entre las Instituciones de Seguridad Pública, el personal conformado por los cuerpos policíacos, peritos y ministerios públicos se regirán por el apartado B, del artículo 123, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la propia del Estado, la presente Ley y demás disposiciones legales aplicables…”

“…Los agentes del ministerio público, los peritos y los miembros de las instituciones policiales del Estado y de los municipios, previo procedimiento, en el que se respete el debido Proceso, serán separados de sus cargos de conformidad con las disposiciones aplicables, y en caso de que no acrediten las evaluaciones de control de confianza, previo a que se les informen los resultados de las evaluaciones, y se respete su debido proceso, se procederá a su remoción en términos de la presente ley.
De acuerdo con el iniciador, esta reforma garantizaría:
  • Dar cabal cumplimiento a la Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos del 2011.
  • El respeto a los Derechos Humanos de los Cuerpos de Seguridad Pública, Estatal y Municipal, Peritos y Agentes del Ministerio Publico del Estado de Morelos.
  • El respeto al debido proceso, de los Cuerpos de Seguridad Pública, Estatal y Municipal, Peritos y Agentes del Ministerio Publico del Estado de Morelos.
  • Adecuar la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Morelos, a lo previsto por el artículo 1° de la Constitución Política Federal.
  • Constreñir al Estado y a los Municipios del Estado de Morelos, a promover, respetar, proteger y garantizar los Derechos Humanos de los Cuerpos de Seguridad Pública, Estatal y Municipal, Peritos y Agentes del Ministerio Publico del Estado de Morelos.
  • Evitar un impacto económico en las Finanzas Públicas del Estado y los Municipios, derivado de las múltiples demandas, con motivo de las ilegales bajas y remociones, de los Cuerpos de Seguridad Pública, Estatal y Municipal, Peritos y Agentes del Ministerio Publico del Estado de Morelos.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil, para su análisis y dictamen.


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