El
diputado Joaquín Carpintero Salazar presentó iniciativa de reforma que permita
conocer semestralmente el avance de procedimientos administrativos de ejecución
derivados de responsabilidades de servidores públicos.
A través de una iniciativa de
reforma al Código Fiscal para el Estado de Morelos, el diputado Joaquín
Carpintero Salazar propone que las autoridades ejecutoras de los procedimientos
administrativos de ejecución en el ámbito de su competencia, tengan la
obligación de informar semestralmente de los avances en los cobros de los
créditos fiscales, cuando estos deriven de responsabilidades de servidores
públicos.
La propuesta, que adiciona un
segundo párrafo al artículo 24 del Código en mención, señala que en el caso de
los créditos fiscales que deriven de responsabilidades de servidores públicos,
la autoridad ejecutora deberá informar al menos cada semestre al Ente
sancionador que emitió el crédito fiscal, el avance del procedimiento
administrativo de ejecución, hasta su extinción.
El documento señala que la norma
jurídica que sanciona el indebido ejercicio del servidor público es la Ley
Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en la que se establece
que los funcionarios o empleados públicos son responsables en el desempeño de
sus atribuciones en los términos del Título Séptimo de la Constitución Política
local, esta Ley y la demás legislación que regule su actuación.
En este sentido, son autoridades
sancionadoras la Auditoría Superior de Fiscalización, que deberá conocer de las quejas o denuncias en
contra de los servidores públicos del Poder Legislativo, así como de aquellas
que se promuevan en contra de los titulares de los órganos autónomos
constitucionales; la Secretaría de la Contraloría, que conocerá de las quejas o
denuncias en contra de los servidores públicos del Poder Ejecutivo, y de
aquellas que se promuevan en contra de los titulares de los organismos
descentralizados por el indebido
ejercicio de sus facultades.
También: el Consejo de la
Judicatura, que deberá conocer de las
quejas o denuncias en contra de los Servidores Públicos que integran el Poder Judicial del Gobierno del Estado de
Morelos; igualmente las Contralorías Municipales que conocerán de las quejas o denuncias en
contra de los servidores públicos de los Ayuntamientos.
Por ello, la propuesta de reforma
cita que cuando la autoridad sancionadora en ejercicio de sus facultades, emite
una resolución en contra de un servidor público probable responsable, por la
comisión de alguna infracción que sea sancionada por la Ley en comento,
y se contempla dentro de las sanciones derivadas de la resolución, la
restitución del monto equivalente a los daños y perjuicios causados al erario
público, y ésta se remite a la autoridad competente para su ejecución, se
convierte en un crédito fiscal; con esta reforma, la autoridad ejecutora tendrá
la obligación de informar con oportunidad el avance del procedimiento
administrativo de ejecución, hasta su extinción.
Esto con el fin de avanzar en tal
sentido y con base en esta visión del deber institucional, y para darle certeza
jurídica a la exigencia del cumplimiento de los créditos fiscales, es necesario
revisar la norma jurídica, en el caso que nos ocupa, el Código Fiscal para el
Estado de Morelos, que en opinión del iniciador debe ser actualizada su
normatividad, en el cumplimiento de las
resoluciones emanadas de una autoridad sancionadora.
La propuesta fue turnada a la
Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación, para su análisis y dictamen.
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