La
iniciativa presentada por el diputado Arturo Flores Solorio busca que
prestadores de servicios turísticos, que sean grandes consumidores de agua, no
usen agua potable para actividades como es el riego de jardines.
El diputado presidente de la Comisión de Planeación para el Desarrollo y Asentamientos Humanos, Arturo Flores Solorio presentó iniciativa que adiciona el artículo 30 de la Ley de Turismo del Estado de Morelos que plantea que prestadores de servicios que requieren de grandes volúmenes de agua para sus actividades, hagan uso de aguas tratadas para actividades como riego de jardines u otras.
El objetivo de dicha propuesta es
establecer una disposición que señale que los prestadores de servicios
turísticos, que sean grandes consumidores de agua para actividades que no
requieran el uso de agua potable como el riego de jardines, deberán utilizar
para estos fines agua residual tratada.
Dentro de la exposición de
motivos el legislador subrayó que la idea del turismo sustentable es definida
por la Organización Mundial de Turismo como aquella que tiene plenamente en
cuenta las repercusiones actuales y futuras, económicas, sociales y
medioambientales para satisfacer las necesidades de los visitantes, de la
industria, del entorno y de las comunidades anfitrionas.
El documento destaca que es
verdaderamente contrario a cualquier acción de protección y cuidado del medio
ambiente, el hecho de que los hoteles y los balnearios en la entidad, utilicen
agua potable para regar sus jardines.
Del mismo modo destaca que el
turismo de masas se ha mostrado especialmente violento con el medio ambiente:
la urbanización de zonas naturales; la sobreutilización del recurso del agua,
los problemas relacionados con el tratamiento de la basura, la contaminación
del agua por los residuos líquidos, la construcción de monumentos históricos,
la contaminación del aire, entre otros.
Lo anterior, dijo Flores Solorio,
es considerado una situación insostenible y totalmente contraria a la
sustentabilidad turística, pues existen comunidades en nuestro estado donde
carecen de agua potable. Por ello, la propuesta es que la Ley establece el uso
de agua residual tratada para estas actividades que no necesariamente requieren
del uso de agua potable.
Del mismo modo, dicho instrumento
parlamentario plantea que en aquellos municipios donde no se cuente con el
servicio de agua residual tratada para esos fines los prestadores de servicios
turísticos puedan acudir al Gobierno del Estado para que les proporcione este
servicio.
La propuesta de adición establece
que los prestadores de servicios turísticos a que se refiere el artículo 5 de
la mencionada ley, y que sean grandes consumidores de agua para actividades que
no requieran el uso del agua potable, como el riego de jardines, deberán
utilizar para estos fines agua residual tratada.
En aquellos municipios donde el
organismo operador no cuente con el servicio de agua residual tratada, los
prestadores de servicios turísticos podrán acudir al Gobierno del Estado, quien
les proporcionará ese servicio. La propuesta de reforma al artículo 30 Bis de
la Ley en comento, fue remitida a la Comisión de Turismo para su análisis y
dictamen.
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