- El legislador propuso reformar la Ley de Deuda Pública para que Gobierno del Estado, Municipios y Organismos Públicos Descentralizados informen detalles de los créditos.
El
diputado Isaac Pimentel Rivas presentó este día una iniciativa que busca que los
gobiernos locales y los organismos públicos descentralizados beneficiados con
un decreto de contratación de deuda pública, tengan la obligación de informar
al Congreso las condiciones de contratación, el desarrollo de los proyectos y
la ejecución de los recursos públicos, así como el cumplimiento en los planes
de austeridad y responsabilidad en el ejercicio del gasto.
En sesión
ordinaria, el legislador presentó ante el Pleno parlamentario su iniciativa con
proyecto de decreto que adiciona el artículo 4 de la Ley de Deuda Pública para
el Estado de Morelos, la cual busca impulsar una serie de acciones que permitan
que la sociedad conozca las condiciones en las cuales se da la contratación de
crédito.
Con su
propuesta, al artículo 4 en comento se le adicionaría un texto para establecer
que deben ser públicos todos los datos e información que guarden relación con
la deuda contratada por el Gobierno del Estado de Morelos, Municipios y Organismos
Públicos Descentralizados, sea ésta de corto, mediano o largo plazo, y sin
importar su forma de garantía de pago.
También,
que la entidad pública por conducto de su representante legal en conjunto con
el titular del área financiera, deberá rendir de manera improrrogable al
Congreso del Estado, dentro de los primeros tres meses de aprobado el decreto
que le autorice el endeudamiento, los datos del nombre o razón social del
acreedor con quien se contrató el crédito, el monto y destino de los recursos,
las fechas de suscripción y de vencimiento, los saldos de vencimiento y la tasa
de interés a la que se contrató.
La
iniciativa, que fue turnada para su análisis y dictamen a la Comisión de Puntos
Constitucionales y Legislación, indica además que el Gobierno del Estado, Municipios
y Organismos Públicos Descentralizados deberán publicar dicha información en
los sitios electrónicos de sus respectivas secretarías de finanzas o sus
equivalentes.
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