- Aprueban legisladores cambios para hacer más eficiente, eficaz y transparente el manejo del dinero, sin la apertura de cuentas bancarias.
El Pleno
del Congreso aprobó reformas a la Ley para Erradicar la Obligatoriedad de las Cuotas
Escolares en las Escuelas Públicas del Sistema de Educación Básica del Estado
de Morelos, con el propósito de simplificarla y hacer más eficiente, eficaz y
transparente el manejo de los recursos, que se aplicarán en las necesidades más
apremiantes, y eliminando la obligación de abrir una cuenta bancaria.
Las
adiciones y reformas, que derivaron de una propuesta del diputado Alfonso
Miranda Gallegos, presidente de la Comisión de Educación y Cultura, eliminan
las tablas que limitaban y complicaban no solo la operatividad de la Ley, sino también
su efectividad, pues las escuelas tenían que constreñirse estrictamente a lo
que el ordenamiento les permitía adquirir, situación que rebasaba en mucho las
múltiples y diferentes necesidades que tienen los planteles educativos.
Ahora el
recurso será para atender las necesidades escolares más apremiantes y será distribuido
en un 60% será para inicios del ciclo escolar y el 40% restante será entregado
a más tardar el último día hábil de febrero, para que las escuelas resuelvan
necesidades de mantenimiento.
Con estos
cambios se incluye al Consejo Técnico
Escolar y la representación del Consejo Escolar de Participación Social, por
ser las instancias que existen en las escuelas y que convergen en la toma de
decisiones en beneficio de la comunidad.
Mediante
estas reformas se establece que las escuelas, atendiendo a sus condiciones
sociodemográficas o el número reducido de matrícula, no tengan que abrir cuenta
bancaria, y para ello la autoridad educativa tendrá formas alternativas para la
radicación, manejo y comprobación del recurso en términos de la normativa
aplicable.
La
reforma incorpora la definición de proyecto de trabajo, lo cual es importante
porque será el documento en el que se encuentren los consensos del Consejo
Técnico Escolar y el Comité Escolar, lo que evitara discrecionalidad o
sospechas por parte de unos u otros.
También se
modifica el capítulo 10 para denominarlo “De las Sanciones”, en cual se
adiciona un artículo para establecer que las madres o padres de familia
integrantes del Comité Escolar, que hagan mal uso de los recursos destinados,
serán sancionados en términos de la legislación penal aplicable.
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