sábado, 17 de enero de 2015

PROPONE DIPUTADO JBA OFRECER MAYORES GARANTÍAS A TURISTAS


  • A través de una reforma a la Ley de Turismo se establecería la obligación de los prestadores de servicios turísticos de brindar ayuda humanitaria en situaciones de desastres naturales o contingencias.


A través de la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 9 Bis a la Ley de Turismo del Estado de Morelos, el diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar propuso brindar seguridad a los turistas que visitan nuestro Estado, estableciendo que los prestadores de servicios turísticos deberán brindar ayuda humanitaria en situaciones de desastres naturales o contingencias.


La iniciativa adiciona un artículo 9 Bis a la Ley de Turismo del estado estableciendo que: “En caso de desastres naturales o alguna contingencia que ponga en riesgo la integridad física de los turistas,  el prestador de servicio de donde se encuentran alojados deberá cobrar la prestación del servicio en un 40% menor a la tarifa habitual o prestarlo de manera gratuita, hasta que las autoridades competentes permitan la movilidad y  desalojo de los turistas.

“Al término de la contingencia y previo cumplimiento de los requisitos de las autoridades competentes, los prestadores de servicios que hayan prestado la ayuda, en términos de la presente Ley, podrán ser beneficiados con estímulos fiscales en términos de la legislación aplicable”.

El presidente de la Junta Política y de Gobierno del Congreso explicó que en materia turística, México en el 2005 alcanzó el séptimo lugar en el mundo al recibir casi 22 millones de llegadas, con una participación del turismo internacional de 2.7%, sin embargo a partir del 2006 se ha tenido un retroceso al pasar al octavo lugar disminuyendo medio millón de llegadas.

Este fenómeno ha sido una máxima constante debido a diversos factores, como la violencia en zonas fronterizas, el cierre de cadenas hoteleras por los fenómeno meteorológicos y la falta de medidas de prevención y ayuda al turista en presencia de emergencias.

Bolaños Aguilar señaló que en un estudio comparado con la Ley General de Turismo, en su artículo 8 señala que corresponde a la Secretaria de Turismo coordinar con las dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal, la realización de las acciones contundentes cuando la actividad turística de alguna región del país haya resultado considerablemente afectada o esté en peligro de serlo, por fenómenos naturales.

Sin embargo no establece como obligación de los prestadores de servicios, que en contingencias o desastres naturales presten sus servicios en la medida de sus posibilidades a los turistas previamente alojados en sus instalaciones.

En la mayoría de las legislaciones relacionadas al turismo, solo existe que los prestadores de servicios deberán atender la normatividad y las recomendaciones que formulen las autoridades competentes en materia de seguridad y protección civil.


“El turismo es uno de los principales motores de la economía en México y en Morelos, debido a su influencia directa sobre los sectores sociales, culturales y educativos, lo que motivó esta propuesta legislativa, que sin lugar a dudas traerá grandes beneficios para los visitantes de nuestro estado, otorgándoles seguridad y certeza y dándoles un trato humano en situaciones de riesgo”, finalizó Bolaños Aguilar.

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