domingo, 7 de julio de 2013

BUSCAN PONER LÍMITE A LA DEUDA PÚBLICA

·         El diputado Javier Bolaños Aguilar propuso reformas que establezcan topes a la contratación de créditos por parte del gobierno estatal y de los municipios.

El diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar planteó imponer un límite al endeudamiento de los municipios, de los poderes y organismos auxiliares de la administración pública, así como precisar los requisitos que deben contener las solicitudes de empréstito, para concretarlo, al presentar ante el pleno del Congreso una iniciativa que adiciona un artículo 26 bis y 32 bis, a la Ley de Deuda Pública en la entidad.

Durante la reciente sesión ordinaria, dijo que en Morelos “tenemos una deuda pública importante ya contratada, que supera los 3 mil millones de pesos, adicionalmente y enfrente, tenemos dos solicitudes nuevas de endeudamiento, que juntas suman más de 5 mil 400 millones de pesos, que preocupan a esta Asamblea y de igual forma a la población, pues representan compromisos que estarán vigentes en los próximos 25 años”.
Bolaños Aguilar, señaló que debido a las repercusiones que tiene el exceso de endeudamiento en las finanzas públicas estatales y municipales y a la posibilidad de insolvencia financiera, algunas legislaturas locales han dispuesto, en sus leyes, límites al endeudamiento, asociados en algunos casos con sus ingresos disponibles, en otros son equivalentes a un porcentaje de su presupuesto o a las participaciones en ingresos federales.
En la iniciativa presentada, adiciona un artículo 26 bis indicando que las solicitudes de endeudamiento que se presenten al Congreso del estado para su aprobación, deberán contener entre algunos de sus requisitos: el monto de la operación y objeto del crédito; el estado de la situación financiera y sus auxiliares; informe actualizado sobre la situación y montos que guarda la deuda pública del ente solicitante y mención expresa de las obras públicas o servicios que se realizarán con los recursos contratados por el endeudamiento.
En la adición al artículo 32 bis a dicho ordenamiento, indica que el Congreso no podrá autorizar ningún tipo de endeudamiento cuando el servicio de la deuda de los entes públicos  supere el 15% de su presupuesto anual de ingresos, previsto en sus respectivas Leyes, considerando al efecto la deuda contratada y la que se pretende contratar, en su caso.
El diputado Javier Bolaños Aguilar señaló que “el problema del endeudamiento de los municipios de nuestro estado, se ha convertido en una preocupación de los legisladores, dado que representa un factor potencial de desequilibrio en las finanzas públicas”.
El documento presentado destaca que la adquisición de deuda no representa un elemento negativo, sino que es un recurso que, debidamente utilizado, ofrece alternativas viables para el manejo financiero, siempre y cuando esté sujeto a una serie de disciplinas y controles de carácter interno, pueda ser evaluado en su desarrollo a través del uso de indicadores y sea debidamente reportado a la opinión pública.
El también coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional,  indicó que lo anterior debe hacerse con el fin de que la transparencia favorezca la rendición de cuentas respecto a los compromisos asumidos, “pero hay que cuidar que tales operaciones crediticias se ajusten a lineamientos que garanticen finanzas sanas y no lleguen a colapsar a los gobiernos”.


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