- Aprueba el Congreso cuatro dictámenes emanados de la Comisión de Fortalecimiento Municipal y Desarrollo Regional.
El
Congreso aprobó reformas a la Ley Orgánica Municipal, relativas a la caución
que se impone a quienes ocupan el cargo de Tesorero Municipal, los términos de
la presentación de las cuentas públicas y los informes de los Presidentes
Municipales, así como para favorecer el orden durante las sesiones de Cabildo.
Los
ajustes al marco jurídico derivaron de iniciativas de diferentes legisladores,
que fueron dictaminadas por la Comisión de Fortalecimiento Municipal y
Desarrollo Regional, presidida por la diputada Erika Hernández Gordillo e
integrada además por Joaquín Carpintero Salazar, Amelia Marín Méndez y Arturo
Flores Solorio.
De una
iniciativa del diputado David Martínez Martínez, el Congreso aprobó una reforma
al artículo 79 de la Ley en comento, para determinar que no debe ser menor al
1% del Presupuesto municipal, la fianza o caución que debe otorgar el Tesorero
y que debe estar vigente hasta la liberación de la cuenta pública.
Previamente
no se tenía establecido el porcentaje de fianza por lo que quedaba subjetiva la
cantidad y muchas veces ni siquiera se cubría este requisito, señala el
dictamen aprobado.
Del
diputado Joaquín Carpintero Salazar el Pleno aprobó reformas derivadas de dos
iniciativas, una que adiciona un segundo párrafo de la fracción I del artículo
30 y otra por la que se reforma la fracción XIV y se deroga la fracción XV del
artículo 41 de la Ley que nos ocupa.
En el
primer caso se modifica el artículo 30 estableciendo que cuando asista público
a las sesiones observará respeto y compostura, cuidando quien las presida de que
por ningún motivo tome parte en las deliberaciones del Ayuntamiento, ni exprese
manifestaciones que alteren el orden en el recinto oficial del Cabildo.
En cuanto
al artículo 41, se modifica la fecha para la presentación del informe de labores
de los Presidentes Municipales, pasando del mes de octubre al mes de diciembre
de cada año, esto debido a que el ejercicio de los Ayuntamientos electos será
de tres años iniciando el primero de enero del año posterior a la elección, lo
anterior derivado de la reforma al párrafo séptimo del artículo 112 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos.
Otra reforma
fue propuesta por el diputado Arturo Flores Solorio y busca armonizar los
plazos y términos en relación al tema de la cuenta pública que deben entregar
los Ayuntamientos, toda vez que las actuales administraciones municipales
iniciaron su gestión el primero de enero.
Así la
adecuación establece que tratándose de una administración municipal saliente,
su última cuenta pública debe comprender el periodo de enero a diciembre, ser
aprobada en Cabildo en el mes de diciembre y entregada al Congreso a más tardar
el treinta y uno de enero del año siguiente.
Tras ser
aprobados por el Congreso, los decretos correspondientes fueron remitidos al
Poder Ejecutivo para su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y
Libertad”.
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