jueves, 27 de marzo de 2014

CONCRETAN REFORMAS A LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL

  • Aprueba el Congreso cuatro dictámenes emanados de la Comisión de Fortalecimiento Municipal y Desarrollo Regional.


El Congreso aprobó reformas a la Ley Orgánica Municipal, relativas a la caución que se impone a quienes ocupan el cargo de Tesorero Municipal, los términos de la presentación de las cuentas públicas y los informes de los Presidentes Municipales, así como para favorecer el orden durante las sesiones de Cabildo.


Los ajustes al marco jurídico derivaron de iniciativas de diferentes legisladores, que fueron dictaminadas por la Comisión de Fortalecimiento Municipal y Desarrollo Regional, presidida por la diputada Erika Hernández Gordillo e integrada además por Joaquín Carpintero Salazar, Amelia Marín Méndez y Arturo Flores Solorio.

De una iniciativa del diputado David Martínez Martínez, el Congreso aprobó una reforma al artículo 79 de la Ley en comento, para determinar que no debe ser menor al 1% del Presupuesto municipal, la fianza o caución que debe otorgar el Tesorero y que debe estar vigente hasta la liberación de la cuenta pública.

Previamente no se tenía establecido el porcentaje de fianza por lo que quedaba subjetiva la cantidad y muchas veces ni siquiera se cubría este requisito, señala el dictamen aprobado.

Del diputado Joaquín Carpintero Salazar el Pleno aprobó reformas derivadas de dos iniciativas, una que adiciona un segundo párrafo de la fracción I del artículo 30 y otra por la que se reforma la fracción XIV y se deroga la fracción XV del artículo 41 de la Ley que nos ocupa.

En el primer caso se modifica el artículo 30 estableciendo que cuando asista público a las sesiones observará respeto y compostura, cuidando quien las presida de que por ningún motivo tome parte en las deliberaciones del Ayuntamiento, ni exprese manifestaciones que alteren el orden en el recinto oficial del Cabildo.

En cuanto al artículo 41, se modifica la fecha para la presentación del informe de labores de los Presidentes Municipales, pasando del mes de octubre al mes de diciembre de cada año, esto debido a que el ejercicio de los Ayuntamientos electos será de tres años iniciando el primero de enero del año posterior a la elección, lo anterior derivado de la reforma al párrafo séptimo del artículo 112 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos.

Otra reforma fue propuesta por el diputado Arturo Flores Solorio y busca armonizar los plazos y términos en relación al tema de la cuenta pública que deben entregar los Ayuntamientos, toda vez que las actuales administraciones municipales iniciaron su gestión el primero de enero.

Así la adecuación establece que tratándose de una administración municipal saliente, su última cuenta pública debe comprender el periodo de enero a diciembre, ser aprobada en Cabildo en el mes de diciembre y entregada al Congreso a más tardar el treinta y uno de enero del año siguiente.

Tras ser aprobados por el Congreso, los decretos correspondientes fueron remitidos al Poder Ejecutivo para su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”.

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