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Asignarle
más recursos es indispensable para la publicidad, promoción y difusión de atractivos
turísticos de Morelos: FGF
Al
presentar la iniciativa de reforma a la Ley General de Hacienda, el diputado
Fernando Guadarrama Figueroa, vocal de la Comisión de Turismo, manifestó que la
actividad turística en Morelos es una fuente alternativa de desarrollo de las
distintas regiones de nuestro estado.
Resaltó que el desarrollo de los
destinos turísticos del país basa su fortaleza en la eficiencia, planeación,
operación y promoción, combinado el uso inteligente de los recursos federales y
estatales, así como la inversión participativa de la iniciativa privada y la
gestión de apoyos institucionales por parte de los organismos directivos del
turismo de ahí que la participación del Fideicomiso Turismo Morelos, es
indispensable para la publicidad, promoción y difusión de los múltiples recursos
turísticos con que cuenta el estado de Morelos.
En
este sentido, dijo que corresponde a la
Secretaría de Turismo impulsar planes, programas y proyectos estratégicos y
fomentar la inversión en esta materia, con la finalidad de que la actividad
turística se convierta en generadora de ingresos que permitan elevar el nivel
económico del Estado y de los habitantes de los municipios, comunidades rurales
e indígenas y demás poblaciones que tengan potencial turístico que ofertar.
Guadarrama Figueroa consideró que
la Ley General de Hacienda debe ser específica en las atribuciones del
Fideicomiso y permitirle la supervisión y decisión sobre el uso de los recursos
destinados al sector turismo; tal como
se encuentra actualmente, la ley divide el presupuesto en la materia en un 95%
para promoción turística en general, y el 5% restante destinado a cubrir los
gastos administrativos que la recaudación genera, esta última cantidad queda a
favor del Gobierno del Estado.
Con la reforma propuesta por el
legislador del Movimiento Ciudadano a los artículos 25 y 48 de la Ley General
de Hacienda se establece en el artículo 25 que: Los recursos que genere el
Impuesto sobre la Prestación de Servicios de Hospedaje y que le sean destinados
y transferido serán aplicados en su totalidad a la promoción turística en
general, misma que abarcará los segmentos de grupos y convenciones, el turismo
de ocio, el turismo de alta calidad, la promoción, la difusión institucional;
del monto mencionado se aplicará hasta el 6% para los gastos administrativos y
de operatividad del Fideicomiso Turismo Morelos.
Y por otra parte en el artículo 48 queda de manifiesto que los recursos que genere el
Impuesto sobre los Servicios de Parques Acuáticos y Balnearios y que le sean
destinados y transferidos, serán aplicados en su totalidad a la promoción
turística en general, misma que abarcará los segmentos de grupos y
convenciones, el turismo de ocio, el turismo de alta calidad, la promoción y
difusión institucional; del monto mencionado se aplicará hasta el 6% para los
gastos administrativos y de operatividad del Fideicomiso Turismo Morelos.
La iniciativa fue turnada a la
Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública para su análisis y dictamen.
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