domingo, 19 de mayo de 2013

PLANTEAN ESFUERZOS PARA PREVENIR EN MENORES EL USO DE INHALABLES


·         La diputada Rosalina Mazari presentó también una iniciativa para realizar adecuaciones legales en materia de nomenclatura.

La diputada Rosalina Mazari Espín presentó dos iniciativas de reformas legales ante los diputados del Congreso de Morelos, una con el objetivo de prevenir el consumo de sustancias inhalables por parte de menores de edad e incapaces, y otra para  realizar una armonización legislativa entre la Ley de Nomenclatura de los Bienes del Estado de Morelos y de sus Municipios y la Ley Orgánica de la Administración Pública estatal.

Ante el Pleno, planteó la urgencia de prevenir el consumo de sustancias inhalables por parte de menores de edad e incapaces, para lo cual expuso la iniciativa que reforma la fracción I del artículo 176 de la Ley de Salud del Estado de Morelos para establecer que los comercios que expenden este tipo de productos, deberán solicitar identificación oficial a los compradores para verificar que son mayores de edad.
La también presidenta de la Comisión de Salud del Congreso, dijo que entre los años 2009 y 2012 se incrementó el consumo de inhalantes entre la población situada en la segundad fase de la adolescencia, quienes posteriormente han pasado a utilizar drogas más fuertes. Asimismo, un reporte correspondiente al 2010 del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica (SINAVE) indica que el consumo de drogas por los adolescentes, principalmente inhalantes por su fácil acceso, es un problema creciente en el mundo y en México.
En su propuesta para reformar la fracción I del artículo 176, establece que determinarán y ejercerán medios de control en el expendio de sustancias inhalables para prevenir su consumo por parte de menores de edad e incapaces, para lo cual, entre otras cosas, vigilarán y supervisarán que los comerciantes requieran identificación oficial en el expendio de las mismas;
Durante la misma sesión, la diputada Rosalina Mazari presentó una iniciativa de reforma y adición a la Ley de Nomenclatura de los Bienes del Estado de Morelos y de sus Municipios con el objetivo realizar una armonización legislativa con la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos.
Dijo que la actual Ley Orgánica de la Administración Pública de la entidad, publicada el pasado 28 de septiembre de 2012, determina la existencia de la Secretaría de Cultura y la Secretaría de Obras Públicas, extinguiendo a su vez el Instituto de Cultura del Estado de Morelos.
Por otra parte, en la vigente Ley de Nomenclatura de los Bienes del Estado de Morelos y de sus Municipios, publicada el 15 de agosto de 2012, se hace referencia como autoridades encargadas de su aplicación a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas y al Instituto de Cultura del Estado de Morelos, mismas que como ya se mencionó han sido sustituidas.
Durante el uso de la tribuna, argumentó que “esta propuesta, parte de la concepción de la legislación como un cuerpo sistemático de preceptos que deberá irse ajustando permanentemente, según vayan surgiendo nuevas normas, se deroguen o se modifiquen otras. Por ello, en las reformas legales habrán de aplicarse una serie de reglas lógicas y sistémicas que den coherencia, para que el orden jurídico no sea un cuerpo compuesto de leyes aisladas o sin orden, sino un todo en el que haya plena conexión entre las distintas normas jurídicas”.
Para tal efecto Mazari Espín, planteó en su iniciativa de reforma a las fracciones IV y VII en el artículo 3, así como a los artículos 9, 11 y 12, y se adiciona un Capítulo Segundo que se denominará “Autoridades y Ámbito de Aplicación” el cual comprenderá los actuales artículos 4 y 5, todo en  la Ley de Nomenclatura de los Bienes del Estado de Morelos.

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