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La
diputada Rosalina Mazari presentó también una iniciativa para realizar
adecuaciones legales en materia de nomenclatura.
La
diputada Rosalina Mazari Espín presentó dos iniciativas de reformas legales
ante los diputados del Congreso de Morelos, una con el objetivo de prevenir el
consumo de sustancias inhalables por parte de menores de edad e incapaces, y
otra para realizar una armonización
legislativa entre la Ley de Nomenclatura de los Bienes del Estado de Morelos y
de sus Municipios y la Ley Orgánica de la Administración Pública estatal.
Ante
el Pleno, planteó la urgencia de prevenir el consumo de sustancias inhalables
por parte de menores de edad e incapaces, para lo cual expuso la iniciativa que
reforma la fracción I del artículo 176 de la Ley de Salud del Estado de Morelos
para establecer que los comercios que expenden este tipo de productos, deberán
solicitar identificación oficial a los compradores para verificar que son
mayores de edad.
La
también presidenta de la Comisión de Salud del Congreso, dijo que entre los
años 2009 y 2012 se incrementó el consumo de inhalantes entre la población
situada en la segundad fase de la adolescencia, quienes posteriormente han
pasado a utilizar drogas más fuertes. Asimismo, un reporte correspondiente al
2010 del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica (SINAVE) indica que el
consumo de drogas por los adolescentes, principalmente inhalantes por su fácil
acceso, es un problema creciente en el mundo y en México.
En
su propuesta para reformar la fracción I del artículo 176, establece que
determinarán y ejercerán medios de control en el expendio de sustancias
inhalables para prevenir su consumo por parte de menores de edad e incapaces,
para lo cual, entre otras cosas, vigilarán y supervisarán que los comerciantes
requieran identificación oficial en el expendio de las mismas;
Durante
la misma sesión, la diputada Rosalina Mazari presentó una iniciativa de reforma
y adición a la Ley de Nomenclatura de los Bienes del Estado de Morelos y de sus
Municipios con el objetivo realizar una armonización legislativa con la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos.
Dijo
que la actual Ley Orgánica de la Administración Pública de la entidad,
publicada el pasado 28 de septiembre de 2012, determina la existencia de la
Secretaría de Cultura y la Secretaría de Obras Públicas, extinguiendo a su vez
el Instituto de Cultura del Estado de Morelos.
Por
otra parte, en la vigente Ley de Nomenclatura de los Bienes del Estado de
Morelos y de sus Municipios, publicada el 15 de agosto de 2012, se hace
referencia como autoridades encargadas de su aplicación a la Secretaría de
Desarrollo Urbano y Obras Públicas y al Instituto de Cultura del Estado de
Morelos, mismas que como ya se mencionó han sido sustituidas.
Durante
el uso de la tribuna, argumentó que “esta propuesta, parte de la concepción de
la legislación como un cuerpo sistemático de preceptos que deberá irse
ajustando permanentemente, según vayan surgiendo nuevas normas, se deroguen o
se modifiquen otras. Por ello, en las reformas legales habrán de aplicarse una
serie de reglas lógicas y sistémicas que den coherencia, para que el orden
jurídico no sea un cuerpo compuesto de leyes aisladas o sin orden, sino un todo
en el que haya plena conexión entre las distintas normas jurídicas”.
Para
tal efecto Mazari Espín, planteó en su iniciativa de reforma a las fracciones
IV y VII en el artículo 3, así como a los artículos 9, 11 y 12, y se adiciona
un Capítulo Segundo que se denominará “Autoridades y Ámbito de Aplicación” el
cual comprenderá los actuales artículos 4 y 5, todo en la Ley de Nomenclatura de los Bienes del
Estado de Morelos.
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