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Se
trabajará conforme a la prevención del delito establecida en el artículo 21 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En busca
de proteger la información privilegiada de los cuerpos de seguridad pública, de
procuración de justicia y autoridades militares, el diputado Manuel Martínez
Garrigós presentó ante el Pleno legislativo una iniciativa con proyecto de
decreto que reforma el Código Penal para el Estado de Morelos, a fin de agregar
el articulo 237 y un capitulo denominado
“Uso Indebido de la Información de Seguridad Pública”.
En su
exposición de motivos, en sesión reciente el legislador mencionó que se pone en
un grave peligro la seguridad de los ciudadanos cuando alguien, de manera
dolosa, vigila y avisa a los grupos delincuenciales utilizando información
privilegiada, con la finalidad de evitar que sean detenidos o puedan concretar
una actividad delictiva, y subrayó que en la actualidad esta filtración de
información se realizan dejando dejan sin buenos resultados las estrategias de seguridad
pública.
Afirmó
también que los objetivos de dicha reforma son concretos en cuanto a mejorar
integralmente las condiciones de vida de los morelenses, implementando una
política que permita al Estado mantener la estabilidad, el respeto a la
legalidad y de las Garantías Individuales acordes al marco jurídico penal.
Ello, con
el propósito de evitar que la delincuencia se haga llegar de información del
ramo de seguridad pública y privada, de los diversos sectores, evitando
complicidad que permita conocer de operativos que efectúan las autoridades
competentes en materia de Seguridad Pública Estatal y Municipal.
Por último
lamentó que algunos individuos contratados para llevar a cabo esta actividad
ilícita de filtración, son también servidores públicos pertenecientes a las
distintas instituciones de seguridad pública de carácter federal, estatal y
municipal, como son los de la policía preventiva, los de procuración e
impartición de justicia o los del sistema penitenciario, generando con ello la
deslealtad al empleo, por lo que también se plantea en la reforma una
vigilancia o inspección a los mismos servidores para favorecer la lealtad y
compromiso con la seguridad de la ciudadanía.
De ser
aprobada la reforma, que fue enviada a comisiones para su análisis y dictamen, se
creara el Capítulo IX denominado “Uso Indebido de la Información de Seguridad
Pública” y se adicionará el artículo 267 Quater al Código Penal para el Estado
de Morelos.
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