Plantean
imponer sanciones a toda persona que infrinja la Ley que Regula la Operación de
las Cooperativas Escolares en Escuelas de Nivel Básico en la entidad, las
cuales deben cumplir contribuyendo a dar a niños y adolescentes la opción de
dietas alimenticias saludables, con el objetivo de prevenir la obesidad en
niños y jóvenes, ya que ésta se ha convertido en uno de los problemas de salud
pública más graves del siglo XXI.
La
diputada Rosalina Mazari Espín presentó ante el Pleno del Congreso una
iniciativa para adicionar a dicha Ley un artículo 32 Bis, mediante el cual se
establecería que cuando el infractor de la Ley no tenga el carácter de
autoridad educativa, le serán aplicables las sanciones de amonestación,
suspensión temporal en el cargo que estuviere desempeñando dentro de la
Cooperativa Escolar, o en su caso destitución del cargo que estuviere
desempeñando dentro de la Cooperativa.
La
también presidenta de la Comisión de Salud, indicó que “la obesidad infantil es
uno de los problemas de salud pública más graves del siglo XXI, ya que se
asocia a una mayor probabilidad de muerte y discapacidad prematuras en la edad
adulta, debido a que los niños con sobrepeso u obesos tienen mayores
probabilidades de seguir siendo obesos en la edad adulta y padecer a edades más
tempranas enfermedades no transmisibles como la diabetes o las
cardiovasculares”.
Señaló
que la citada Ley en la entidad actualmente tiene por objeto regular la
organización, operación, manejo y administración de las cooperativas escolares
de las escuelas públicas y privadas de nivel básico y en su artículo 3º
establece que estarán constituidas por docentes, alumnos y que los empleados
también podrán formar parte de ellas; asimismo, el fomento, organización,
registro, vigilancia y control de las cooperativas escolares estará a cargo del
Instituto de Educación Básica del Estado de Morelos.
Agregó
que dentro del citado ordenamiento en su Capítulo IX relativo a las Sanciones,
indica que serán aplicables sólo a las autoridades educativas; sin embargo,
destacó que las cooperativas escolares pueden estar integradas por docentes,
alumnos y empleados, los cuales no todos son servidores públicos y por lo tanto no podríamos aplicarles la Ley
General de Educación, ni mucho menos la Ley Estatal de Responsabilidades de los
Servidores Públicos.
Ante
ello, Mazari Espín destacó la necesidad de adicionar un artículo 32 Bis en el
que se establezcan las sanciones que podrían aplicarse cuando el infractor de
la Ley no tenga el carácter de autoridad educativa.
Asimismo
propuso corregir en el Artículo 32, la vinculación del Capítulo VII de la Ley
General de Educación a que hace referencia, toda vez que no corresponde al
relativo a las sanciones, y modificarlo por el Capítulo VIII que indica “de las
infracciones, las sanciones y el recurso administrativo”, y a su vez establecer
de manera correcta la denominación de la Ley Estatal de Responsabiliades de
los Servidores Públicos.
Rosalina
Mazari Espín dijo que “los niños y los adolescentes pasan una parte importante
de su vida en la escuela, la promoción de las dietas saludables y la actividad
física en ella es fundamental en la lucha contra la epidemia de obesidad
infantil, ya que el entorno escolar es ideal para obtener conocimientos sobre
opciones dietéticas saludables y la actividad física”.
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