miércoles, 25 de febrero de 2015

PRESENTA DIPUTADA INICIATIVA DE LEY DE AUDITORÍA Y FISCALIZACIÓN SUPERIOR

  • El derecho de acceso a la información constituye una prerrogativa de todas las personas, a saber y conocer sobre la información en posesión de las Entidades públicas, indica Lucía Meza Guzmán.

Con el objetivo de garantizar los derechos fundamentales como el acceso a la información y transparencia, como premisas que constituyan hechos firmes, y para avalar que la información ofrecida sea sistemática y transparente, este día la diputada Lucía Meza Guzmán presentó al Pleno la iniciativa que crea la Ley de Auditoría y Fiscalización Superior.


Meza Guzmán dijo que para dar certeza de este derecho a la transparencia, resulta necesario crear un ordenamiento legal que tenga como objeto primordial la rendición de cuentas y la transparencia de éstas, constituyéndose como componentes esenciales en los que se fundamente un gobierno democrático.

“La transformación del Ente Fiscalizador conlleva a un gran reto y compromiso social con todos los morelenses, ya que a través de este órgano se deposita la confianza y credibilidad en las instituciones públicas, al cual le corresponde la ardua y delicada labor de calificar las cuentas públicas de los Poderes del Estado, Ayuntamientos, Organismos Centralizados y Descentralizados, así como Órganos declarados Constitucionalmente Autónomos”.

Cabe recordar que la reforma constitucional aprobada en diciembre pasado, además de extinguir la Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos y de crear la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización, tuvo por objeto dotar a dicha entidad de una nueva estructura con autonomía técnica y de gestión, que permita la profesionalización, eficiencia y consolidación de la institución responsable del control, vigilancia, fiscalización y auditoría de los recursos públicos.

 En general, este ente auditará todo organismo público que reciba o haya recibido, administrado, ejerza o disfrute de recursos públicos bajo cualquier concepto. El órgano superior en todo momento y en sus actuaciones, debe atender y privilegiar los principios de legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad.

Para cerrar el círculo de transparencia, todos los entes fiscalizados tendrán una entidad fiscalizadora que regulará de manera adecuada el proceso de control, evaluación, revisión y auditoría de las cuentas públicas, por lo que es importante resaltar un aspecto innovador y relevante que contempla este proyecto de ley, y que consiste en que las resoluciones y actos jurídicos que emita la Entidad Superior, podrán ser combatidas, ante el propio ente de fiscalización, mediante la presentación del recurso de revocación, el cual será resuelto por el Auditor General con auxilio de la Dirección General Jurídica, garantizando con ello la expresión más vasta del derecho de audiencia para los fiscalizados.

Al mismo tiempo, se implementa el Servicio Profesional de Auditoría, esto con el propósito de regular el ingreso, permanencia y promoción del personal de la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización, que permita por una parte una eficaz profesionalización de los funcionarios que laboran en el desarrollo de tan delicadas tareas.

Por otra parte, el Servicio Profesional de Auditoría garantizará que el personal que labora en el órgano de fiscalización deberá ejecutar con estricta legalidad su función y con el grado máximo de eficiencia y probidad, para ganar estabilidad y permanencia garantizada de su empleo, evitando imposiciones de carácter político para ocupar dichos cargos.

Y en este sentido Meza Guzmán recalcó: “Nadie ocupará un cargo en la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización, que no tenga el perfil adecuado, la capacidad para desempeñar su empleo y que sus actuaciones no se apeguen al estricto marco de la legalidad”. 

Bajo este contexto, se crea la Dirección General de Capacitación, la cual entre otras situaciones tendrá atribuciones para determinar periódicamente las necesidades de capacitación de las diferentes áreas que integran la multicitada Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización, así como de otorgar capacitación al personal de nuevo ingreso en la aplicación de metodologías, técnicas, procedimientos y normas de auditoria.
Por otra parte, se constituye un Consejo de Dirección y un Consejo de Vigilancia, el primero de ellos como un órgano de consulta y deliberación de las estrategias institucionales al servicio de la Entidad Superior, el cual será presidido por el Auditor General e integrado por los Auditores Especiales y Directores Generales, y el segundo como un órgano dependiente de este Congreso, responsable de la vigilancia y el control de la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización.

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