miércoles, 18 de septiembre de 2013

PRESENTA DIPUTADA ROSALINA MAZARI DIEZ INICIATIVAS DE REFORMAS

Durante la sesión ordinaria de este día, el Pleno del Congreso conoció 10 iniciativas de reformas y adiciones a diversos ordenamientos, presentadas por la diputada Rosalina Mazari Espín y que se refieren a los siguientes temas:

1.     Reforma al artículo 9 de la Ley para la Prevención y Combate al Abuso de Bebidas Alcohólicas y de Regulación para su Venta y Consumo en el Estado de Morelos. Se busca que en esta Ley expresamente se le reconozca el carácter de autoridad a la Secretaría de Salud del Estado, toda vez que al tener funciones de vigilancia, inspección y sanción a los establecimientos, es importante evitarle incertidumbre legal o impugnaciones respecto de los actos de dicha Secretaría, ante la omisión actual de la Ley de la materia de reconocerle explícitamente el carácter de autoridad.
2.     Reforma a los artículos 6, 7, 8, 10 y 11 de la Ley de Jóvenes Emprendedores del Estado de Morelos. Se plantea la adición a los criterios de preferencia que contempla la Ley (y que básicamente se encuentran referidos a aspectos de sustentabilidad de los proyectos), elementos de carácter social, como lo es impulsar a aquellos proyectos generados dentro de comunidades indígenas o en los que se empleen a personas con discapacidad. Se presenta esta reforma para incidir -en la medida de lo posible- en la generación de empleos para estos sectores que se han situado en condición de vulnerabilidad, por el mismo trato y actitud que se ha tenido para con ellos, lo cual deberá ir evolucionando, hasta alcanzar mayor bienestar general, solidaridad y civilidad.
3.     Reforma al artículo 53 de la Ley estatal de fauna. En el vigente artículo 53 se prevé que en caso de que no sea reclamado por su dueño el animal capturado la autoridad podrá sacrificarlo, medida que resulta muy estricta considerando que el espíritu de la Ley es precisamente velar por la protección de los animales, por lo que resulta ineficaz la actual hipótesis para el efecto que persigue. Por ello, se propone reformar el artículo 53 a efecto de que se tenga como opción entregar al animal capturado a una asociación protectora de animales que podría encargarse de darlo en adopción, cuando el estado de salud del animal lo permita.
4.     Reforma a los artículos 2 y 6 de la Ley de Firma Electrónica del Estado Libre y Soberano de Morelos. El objetivo es realizar la correspondiente armonización legislativa en la denominación de la Secretaría de Gestión e Innovación Gubernamental, por el de Secretaría de Administración, para respetar el principio de certeza y claridad de la norma, al precisar quiénes son las autoridades encargadas de cumplir y hacer cumplir la Ley de Firma Electrónica del Estado Libre y Soberano de Morelos, buscando que su texto sea claro para la población en general.
5.     Reforma al artículo 30 de la Ley de protección contra la exposición frente al humo del tabaco del estado de Morelos. La Iniciativa propone incrementar la sanción administrativa para aquellos casos en que el incumplimiento de la Ley lo realice el operador del transporte público de pasajeros, con el propósito de generar concientización y educación al conductor para que maneje de manera responsable, ya que fumar mientras se maneja duplica los riesgos de accidentes.
6.     Reforma al artículo 115 de la Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de Morelos. El objetivo es que se adicione que el Programa Individualizado de Ejecución de la Sanción, además de considerar las aptitudes personales, circunstancias familiares, socioculturales y de género, objetivos o metas, debe tomar en cuenta la conducta por la cual fue sancionado el adolescente, tomando en cuenta los datos y circunstancias contenidas en la sentencia definitiva que remita el Juez de Juicio Oral, sujetándose a los fines de la o las medidas impuestas, de tal manera que su tratamiento se enfoque en la problemática de la cual derivó la comisión de la conducta; y por consecuencia las revisiones que se realicen en el momento oportuno, no se deben enfocar en modificar el programa individualizado, sino revisar los avances.
7.     Reforma al artículo 4 de la Ley estatal de responsabilidades de los servidores públicos. Con la propuesta se fortalecen los requisitos para las quejas o denuncias materia de esta Ley, por lo que se pretende adicionar que debe proporcionarse el domicilio del servidor público a quien se le imputan los hechos, para efectos de realizar la notificación correspondiente. Asimismo, cuando se refiere al requisito de adjuntar a la queja o denuncia los elementos de prueba con que cuente el ciudadano, se propone adicionar que señale cuál es el hecho que pretende acreditar con la prueba que adjunta a su queja o denuncia, lo que permitirá claridad en sus pretensiones.
8.     Reforma a los artículos 1, 4, 7, 9, 11, 12 y 15 de la Ley que crea el Centro Morelense de las Artes del Estado de Morelos. Se plantea reformar diversas disposiciones de esta Ley, a efecto de realizar el proceso de armonización legislativa en lo que se refiera a la Ley de los Organismos Auxiliares de la Administración Pública del Estado de Morelos, toda vez que ha sido sustituida por la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos. Por otro lado, se realiza la adecuación correspondiente en lo que respecta a las denominaciones actuales de las Secretarías e incluso prever a la nueva Secretaría de Cultura del Estado, que ahora es la coordinadora del sector, y con ello brindar certeza jurídica y claridad en la interpretación de dicho ordenamiento jurídico.
9.     Reforma al artículo 200 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Morelos. Se busca adicionar un párrafo a efecto de establecer con toda precisión y con alcances generales que la prescripción de las acciones derivadas de la relación administrativa del servicio de los elementos de las instituciones de seguridad pública, se puede interrumpir con cualquier actuación del interesado, tendente a obtener la restitución de sus derechos.
10. Reforma al artículo 4 de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de Morelos. Busca complementar lo que habrá de entenderse por servicios relacionados con la obra pública, de manera que en el caso de la aerofotografía se sustituya este concepto por una disciplina más completa que es la aerofotogrametría, con lo cual se permitirá contar con estudios que arrojen soluciones más integrales a los problemas relacionados con datos geométricos de la superficie terrestre, abarcando no sólo la obtención de las fotografías aéreas, sino inclusive el procesamiento, análisis y entrega de resultados derivados de las mismas, porque estos estudios son una pieza clave en diversos proyectos de ingeniería, sobre todo en la construcción de infraestructura.
Las iniciativas de reformas y adiciones presentadas por la diputada Rosalina Mazari Espín, fueron remitidas a las comisiones legislativas correspondientes para su análisis y dictamen, por el presidente de la Mesa Directiva del Congreso, diputado Juan Ángel Flores Bustamante.


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