miércoles, 19 de junio de 2013

REVISAN A DIPUTADOS CONTAMINACIÓN CAUSADA POR RUIDO

  • En busca de prevenirla y controlarla, la diputada Rosalina Mazari Espín propuso reformar la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.
La diputada Rosalina Mazari Espín propuso trabajar en la prevención y control de la contaminación ocasionada por ruido, para lo cual planteó reformar la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente de la entidad, con el objetivo de  que la Secretaría de Desarrollo Sustentable implemente las estrategias necesarias dentro del Programa Estatal de Protección al Ambiente.

La legisladora puso a consideración del Pleno esta iniciativa en la reciente sesión ordinaria realizada en el Congreso del estado y durante el uso de la tribuna argumentó que la contaminación por ruido además de afectar al oído puede provocar efectos psicológicos negativos y otros fisiopatológicos. El ruido también puede producir alteraciones en la conducta momentáneas, como agresividad o mostrar un individuo con un mayor grado de desinterés o irritabilidad y repercute negativamente sobre el aprendizaje y la salud de los niños.
Mazari Espín señaló la necesidad de adicionar un último párrafo al artículo 157 para indicar que la Secretaría de Desarrollo Sustentable deberá realizar acciones y objetivos específicos dentro del Programa Estatal de Protección al Ambiente sobre la prevención y control de la contaminación ocasionada por ruido.
Asimismo, planteó corregir el artículo 4 fracción LIII para cambiar la referencia a la Comisión Estatal del Agua y Medio Ambiente por la Secretaría de Desarrollo Sustentable, de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos.
La presidenta de la Comisión de Salud en el Congreso del estado dijo que en este tema la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en su artículo 7, fracción VII faculta al Estado para la prevención y control de la contaminación generada por la emisión del ruido.
Por su parte, la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Morelos en su artículo 156 señala que el Estado y los municipios, en su esfera de competencia, adoptarán las medidas para prevenir los casos en que se trasgredan los límites máximos de emisiones de ruido establecidos en las normas oficiales mexicanas.
Ante sus homólogos legisladores, subrayó que la contaminación auditiva es frecuente dentro de las sociedades urbanas y Morelos no está exento de esto, por lo que debemos prevenir este tipo de contaminación, controlando la producción del ruido; la iniciativa presentada, fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente para su análisis y dictamen.


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