lunes, 4 de noviembre de 2013

APROBARÍAN NUEVO REQUISITO PARA DIVORCIO ADMINISTRATIVO

  • Debe constatarse inexistencia de embarazo, señala el diputado Roberto Carlos Yáñez Moreno.
El diputado Roberto Carlos Yáñez Moreno presento una iniciativa de reforma para inscribir en el Código Penal Familiar para el Estado de Morelos, la comprobación de inexistencia de embarazo como uno de los requisitos para la procedencia de un divorcio administrativo.
Durante la pasada sesión ordinaria, el legislador presentó ante sus homólogos su iniciativa, que busca reformar el artículo 503 del Código citado, relativo al Divorcio Administrativo y sus requisitos, adicionando el enunciado: Se deberá presentar además, documento original de certificado médico, en donde conste que la cónyuge no está embarazada.

En su exposición, el legislador señaló que con el divorcio administrativo de manera indirecta se disminuye la carga de trabajo a los órganos jurisdiccionales, además de acotar los tiempos del procedimiento al no existir controversia o litigio entre las partes.
El divorcio administrativo –agregó- se tramita ante la Oficialía del Registro Civil siempre y cuando se cumplan como requisitos el que los cónyuges sean mayores de edad; se hayan casado por separación de bienes o que habiendo tenido algún tipo de sociedad conyugal ésta se haya liquidado de común acuerdo; no tengan hijos en común o teniéndolos sean mayores de 25 años, los cuales ya no tengan derecho a recibir alimentos o siendo menores de 25 años no tengan derecho a recibirlos.
Empero, si es el divorcio administrativo un procedimiento en el cual al momento de solicitarlo no se cuenta con obligaciones recíprocas entre los cónyuges ni con hijos en común, es en se sentido que se considera necesario establecer que se compruebe el estado de no gravidez.
Yáñez Moreno indicó que ello garantiza a las partes que no existen obligaciones presentes ni futuras, además que se da certeza de la no existencia de un hijo en común, evitando procedimientos judiciales posteriores.
La iniciativa del legislador fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación, para su análisis y dictamen.


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