viernes, 8 de noviembre de 2013

ACTUALIZARÁN DEFINICIÓN DE DERECHOS HUMANOS EN LA LEY DEL RAMO

  • La diputada María Teresa Domínguez Rivera presentó iniciativa de reforma para ajustar la Ley de Derechos Humanos del Estado a lo que marca la Constitución Federal.

Con el propósito de cumplir con la obligación que impone el artículo 1º  de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, proponen actualizar y armonizar la definición de “derechos humanos” en la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos.
La propuesta de reforma fue presentada durante la reciente sesión ordinaria por la diputada María Teresa Domínguez Rivera, donde se destaca la necesidad de acoplarla a la realidad jurídica actual a nivel internacional, a fin de lograr una protección más amplia como los nuevos cánones en el tema lo indican, siguiendo la inercia internacional en estos temas.

El documento refiere que la reforma constitucional en materia de derechos humanos del 2011, incorporó en el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, importantes cláusulas que tienen un impacto directo en las autoridades de todo el país, porque suprimió el concepto de garantías individuales para incorporar el de “derechos humanos”, que tiene un efecto expansivo al tener en sus principales fuentes a los tratados internacionales de esta materia.
El contenido del artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, también obliga a las autoridades, en el ámbito de sus competencias, a prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, y ello implica que los órganos legislativos federales y locales sean los primeros revisores de este cumplimiento.
En conclusión, los Poderes Legislativos deben prever, reformar y dictar leyes en plena concordancia con la salvaguarda de derechos humanos, para cumplir con la obligación que impone el artículo 1º de la Constitución Federal.
Por ese motivo se propone reformar la fracción I del artículo 2 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, para actualizarla a la situación actual internacional y armonizarla tanto con las disposiciones de la Convención Americana de Derechos Humanos y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La reforma propuesta es la siguiente:
Artículo Único: Se modifica el artículo 2, fracción I, de la ley de la Comisión de derechos Humanos del Estado de Morelos, para quedar como sigue:
Artículo 2.-
I. Derechos Humanos: Son aquellos que se encuentren reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la del Estado de Morelos, y en  las leyes secundarias, así como los contenidos en los tratados, convenios y acuerdos internacionales que sean reconocidos por el estado Mexicano.
II.-
III.-
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación, para su análisis y dictamen.



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